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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional

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 #512574  por cristina
 
Vino a la consulta una clienta a la que no le encuentro forma de jubilarla. Aver si me pueden ayudar
Mujer extranjera, Ingreso al pais en el año 1975
recien cumplidos los 60 años
Ama de casa
Segun mi cuenta desde el año 1975 hasta 1993 puedo comprar 18 años y 6 meses.
Como servicio domestico desde 04/2000 hasta 03/2010 puedo pagar 10 años 1 mes.
Reuno 28 años y 7 meses.
Hay algun modo de pagar entre el año 1993 y el año 2000 para aquellas personas no tienen ningun tipo de inscripcion?
Gracias por sus respuestas.
 #512599  por diego79
 
Sí, autonomos, pero fijate que te va a salir bastante caro en funcion de los intereses, suerte!
 #512869  por previsionalrosario
 
A lo mejor le conviene esperar para compesar con exceso de edad. Hay que ver cuanto es la deuda y cuanto es lo que pierde si espera.
 #512877  por noelin
 
ESA ES LA SOLUCION Q TODOS ESTAMOS ESPERANDO, ALGO HAY Q HACER POR LA GENTE Q QUEDA FUERA DEL SISTEMA, LA 24476 ES COMO LA FRAZADA CORTA. LEI X AHI Q USABAN EL APORTE VIEJO COMO SERVICIO DOMESTICO PARA ESE PERIODO CON UN FORM.196 O ALGO PARECIDO, FUE LA ULTIMA SEMANA Q LO LEI EN UN POST. DE ACA.