HOLA , TENGO UN CLIENTE, QUIEN EN EL 2004 EFECTUO 6 MEDIACIONES PRIVADAS, LAS CUALES SE CERRARON Y NO SE INICIO EL CORRESPONDIENTE JUICIO DENTRO DEL PLAZO PREVISTO POR EL DECRETO 91/98, POR LO CUAL EL MEDIADOR ESTA INICIANDO LAS EJECUCIONES DE HONORARIOS CONTRA MI CLIENTE. LA PREGUNTA ES SI LA ACCION PARA EJECUTAR DICHOS HONORARIOS ESTA PRESCRIPTA PORQUE NO ME QUEDA CLARO SI LA PRESCRIPCION ES BIENAL O DECENAL ACORDE A LA NATURALEZA DE LA LABOR DEL MEDIADOR.
ESPERO UNA PRONTA RESPUESTA, MUCHAS GRACIAS
SALUDOS
ESPERO UNA PRONTA RESPUESTA, MUCHAS GRACIAS
SALUDOS