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 #51472  por lauchina
 
Este tema es bastante complejo al menos para mí. Le llega a un familiar una intimación de pago y citación de remate porque su domicilio figura como el correspondiente a una sociedad. Entonces nos presentamos en el expte. aclarando este tema, que no es ese el domicilio y que él no integra dicha sociedad pero no opongo excepción, me proveen que notifique a la actora y realmente se me pasó. El viernes llega otra notificación que él se niega a recibir, voy a ver el expte. y dice que al no haber opuesto excepción dentro del plazo de ley y figurando en la inspección general de justicia ese domicilio como correspondiente a la sociedad,se ejecute hasta cubrir deuda.
Estoy iniciándome en mi profesión, entonces mis dudas son: puedo aún hacer la cédula que omití, cual es la solución, sólo queda esperar la ejecución y cuando llegue el oficial de justicia demostrar que allí no funciona la sociedad. No hay plazo para realizar la cédula que omití hacer?, estoy a tiempo? Además saben, cuando hay familiares en el mediio la presión es mayor. Muchas gracias por su ayuda

 #51696  por lauchina
 
Alguien podría ayudarme?

 #51848  por Natalia Huerta
 
Buenas Lauchina:

Veamos, en realidad por lo que contas no es un tema de la cédula que omitiste sino que no planteaste las excepciones que podrias haber argumentado. Aclara un poquito. Quien es el actor, tu familiar tiene algo q ver con la sociedad?

Saludos

 #51861  por lauchina
 
Es contador y según dice oportunamente le pidieron presupuesto para armar la sociedad , luego la formaron con otro profesional pero colocando su domicilio. No es integrante de la sociedad, argumenta que usaron su domicilio pero sin su consentimiento, el se entera ahora, esta soc. está inscripta desde hace 7 años y tiene deudas con obra social de trabajadores de construcción por ello es la demanda. Si él no es parte era necesario la presentación de él?
En cuanto al tema de no haber opuesto excepciones, correspondían, si el no es el demandado, ssolo usaron su domicilio
Muchas gracias Natalia, si podés orientarme, te lo agradezco
 #51971  por Dr. 8
 
Disculpame, no comprendo que relación (Presidente, Director, etc.) posee tu "tio" con la sociedad ejecutada.

Sin embargo, arriesgo algunas consideraciones,

1- En principio, tu tio carace de legitamación para presentar a la sociedad a oponer las excepciones.

2-Si la sociedad es lo que se denomina un "sello de goma", lo único que obtendrá el ejecutante es una sentencia de "imposible ejecución".

3- Ahora bien, quizá los bienes muebles de tio serán pasibles de embargo, en tal caso deberás promover una tercería de dominio (art.97 CPCCN) para demostrar que los bienes no le pertenecen a la sociedad.

Espero haber servido de ayuda.