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  • SECUESTRO ACTIVO Y ESTAFA COMO SIGO?

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 #513378  por mariana33tan
 
Hola... Mi cliente realizó una compraventa de un automóvil, entregando uno en parte de pago y el resto en cuotas. El primer error es que la operación la hizo con un gitano (provincia de Buenos Aires). Pasaron dos meses y el Sr. Gitano no venía a cobrarle las cuotas del auto. Entonces mi cliente va a la comisaría y exhibe el auto para que vean si tenia pedido de secuestro. Por supuesto que era así y lo secuestraron. Lo mandé de inmediato a realizar la Denuncia por estafa en la fiscalía. El tema es que el gitano uso nombre y documentos falsos y por supuesto desapareció. El pedido de secuestro es por un robo a mano armada en Capital Federal. Ahora... la denuncia está echa el día 30 de Diciembre y mi cliente hizo la operación el día 18 de Diciembre, le hizo la Verificación el día 28, y el Seguro el mismo día. El auto contaba con el título original.
No pude ver la causa principal todavía porque está en Capital.
Que les parece? Puede ser un caso de Auto robo? o de Auto mellizo? Que puedo hacer para que mi cliente no pierda todo?
Ya solicitamos el pedido de Secuestro del otro auto en la causa de Estafa.
En la causa de robo de Capital puedo invocar la Buena fe?
Estoy perdida y no consigo soluciones.... Toda opinión será bienvenida GRACIAS!!!!!!!
 #513475  por Pandilla
 
no entiendo del tema, pero, me parece que si la denuncia es posterior a "la compra" (¿o adquisición de la cosa...?), su cliente estaría en estado de aducir la Buena Fe. Igual, el principio de Buena Fe tiene sus propios requisitos que, si no se cumplen, te cabe las generales de la Ley.
Igual, espere otras opiniones.

Saludos.
 #513529  por Pandilla
 
Por otro lado, si no mal recuerdo, en este Foro de Derecho Penal, hay varios Hilos dedicados al tema o relacionado.

Saludos.
 #515011  por Pandilla
 
Me parece que si la denuncia es posterior a la compra, su cliente estaría, en principio, limpio. Igual, el principio de Buena Fe, en este tipo de operación, tiene los requisitos que la Ley exige para la compra-venta de autos (además de lo expresado por el artículos 1197 y 1198 del CCivil).
Igual, espere otras opiniones.

Saludos.
 #515015  por Pandilla
 
Igual, me queda la duda: ¿por qué tardaron tanto en realizar la denuncia.....?

Saludos.