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  • plazo de gracia en penal

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 #515244  por fugitiva
 
fugitiva escribió:Curiosidad: en fuero penal hay plazo de gracia??

art 139: Si el término fijado venciera después de las horas de oficina, el acto que deba cumplirse en ellas podrá ser realizado durante las cuatro (4) primeras horas del día hábil siguiente.”

En este caso diriamos que si, pero no se denomina en rigor d everdad plazo de gracia?

Qu e significa luego del horario de oficina? Luego de las 14:00?
 #515245  por poorlaw
 
Provincia de Buenos Aires:
ARTICULO 139.- (Texto según Ley 13943) Cómputo. Todos los plazos son continuos y en ellos se computará los días feriados. Si el plazo venciere en uno de éstos se considerará prorrogado de derecho al día hábil siguiente. Durante los períodos de la feria judicial los plazos se suspenderán para realizar la oposición en los términos del artículo 336, la impugnación del auto de elevación a juicio y de la sentencia definitiva, exceptuándose dichos plazos dentro del procedimiento para los casos de flagrancia. El plazo suspendido continuará su curso a partir del primer día hábil subsiguiente a la finalización de la feria.

Si el término fijado venciera después de las horas de oficina, el acto que deba cumplirse en ellas podrá ser realizado durante las cuatro (4) primeras horas del día hábil siguiente.
Nación:
Prórroga especial

Art. 164. - Si el término fijado venciere después de las horas de oficina, el acto que deba cumplirse en ella podrá ser realizado durante las dos primeras horas del día hábil siguiente.
Saludos.