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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #515374  por gustavofer2009
 
No hago laboral y me llego un caso que lo acepte porque es muy simple: Una clienta quiere revocar el poder a la abogada que la estaba representando en un juicio por despido, ya que las partes habian llegado a un arreglo y la abogada no quiere saber nada en que arregle, aparte de malos tratos de la abogada hacia la clienta, mis dudas son, estoy en lo cierto si primero tiene que mandarle una carta documento a la abogada informandole la revocacion del poder?, luego presentae en el tribunal un escrito manifestando la revocacion del poder con copia de la carta que se le mando a la abogada y ahi si presentarme yo como nuevo letrado, mi presentacion puede ser solamente como letrado patrocinante o hay que hacer un nuevo poder (la adudiencia de conciliacion es el 31 de marzo y ahi supuestamente se llegaria al acuerdo).
 #515437  por draeuge
 
tenes que mandar cd revocando el poder, es decir tu cliente, y vos si estas en provincia de bs as sustitucion de patocinio.
 #515486  por CHAPU971
 
Exactamente. Y al proceso podés presentarte como patrocinante o apoderado. Yo creo que es mejor con carta poder, para no complicarte con llamar al cliente para que te firme cada escrito. Ahora, en este caso, si la audiencia de conciliación es unos días y ya lo tenés arreglado, andá como patricinante con tu cliente y firman el acuerdo. Suerte.-