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  • Empleadora no hizo deposito alimentos, como reclamo?

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #514083  por maria80
 
buenas Colegas, en un juicio por alimentos, estoy por la actora, se hizo la audiencia se establecio un % sobre el sueldo del demandado. Se libro oficio a la EMPLEADORA para que abra una cuenta y deposite ese % de los alimentos, de ello se la notifico en Diciembre de 2009, pero abrio la cuenta despues de mucha lucha, recien ahora en Marzo de 2010, y el demandado estaba creido que se abrio la cuenta porque segun el tiene desde diciembre se le descuenta del sueldo, entonces..
¿como le reclamo a la empleadora esos tres meses que debe?????
¿va con intereses???
Por favor necesito de su ayuda. Gracias
 #514201  por ISABEL5
 
Pedí que se lo intime a depositar bajo apercibimiento de astreintes, si tiene una multa por cada día de retraso, seguramente se va a poner las pilas. Esa multa es a favor de tu cliente, y sobre eso tambien le podés cobrar honorarios . Suerte
maria80 escribió:buenas Colegas, en un juicio por alimentos, estoy por la actora, se hizo la audiencia se establecio un % sobre el sueldo del demandado. Se libro oficio a la EMPLEADORA para que abra una cuenta y deposite ese % de los alimentos, de ello se la notifico en Diciembre de 2009, pero abrio la cuenta despues de mucha lucha, recien ahora en Marzo de 2010, y el demandado estaba creido que se abrio la cuenta porque segun el tiene desde diciembre se le descuenta del sueldo, entonces..
¿como le reclamo a la empleadora esos tres meses que debe?????
¿va con intereses???
Por favor necesito de su ayuda. Gracias
 #514713  por maria80
 
Hola Gracias por contestar. Te quiero preguntar si debo acompañar planilla de alimentos adeudados, actualizandolos, ya que la empleadora recibio el oficio el 11 de Diciembre de 2009, entonces debe Diciembre, Enero 2010, febrero 2010, ¿es correcto esto?
 #515057  por ISABEL5
 
No, la empleadora va a depositar a partir del mes siguiente al que recibió el oficio. Yo simplemente pediría que se la intime a depositar los alimentos debengados desde la recepción del oficio,bajo apercibimiento de astreintes cuya determinación dependerá del criterio judicial.

querés
maria80 escribió:Hola Gracias por contestar. Te quiero preguntar si debo acompañar planilla de alimentos adeudados, actualizandolos, ya que la empleadora recibio el oficio el 11 de Diciembre de 2009, entonces debe Diciembre, Enero 2010, febrero 2010, ¿es correcto esto?
 #515710  por dimascastillo
 
evalua el delito de desobediencia a orden de funcionario publico, por que se lo encaras mejor por ahi, le vas el susto de su vida a la empleadora, fijate si se encuandra la conducta de la empleadora en ese delito y si se da metele pata!!! haceme caso, yo lo hice en un caso y la empleadora me contesto rapido y se hice cargo!!!
 #516146  por maria80
 
Hola colegas, me aclararon el tema, lo unico que me queda por preguntar es:
si yo pido se intime a la empleadora a pagar, bajo apercibimiento de astreintes, los meses de Enero y Febrero 2010 que esta debiendo, debo aplicar intereses a esos meses???.
Aparte creo que el alimentante tiene el descuento desde diciembre (mes en que la empleadora recibio el oficio), y me los dará, pero la empleadora debe depositar la suma fija que descontó, ¿ o pido intereses???.
Gracias
 #517251  por DAL
 
Vos presentá los recibos de sueldo en el expediente, y además el saldo de lacuenta. Ahí nomás pedís sanciones e incluso puede configurarse algún supeusto penal. Estudialo, tambien podés llamar a la empresa y decirles lo que vas a hacer, y seguro qeu te depositan al toque. Pero yo, en vez de hablar, pondría la situación de relevancia en el expediente para que l oque pasa ahora no pase más.
 #521297  por i13
 
Les cuento que yo hice un pedido de astreintes para la empleadora que estaba obligada a retener el sueldo del alimentante.- Nunca cumplio la orden pese al oficio enviado y al solicitarlas, este fue el despacho: El incumplimiento de la orden judicial de retener y de positar el porcentaje del sueldo embargado a su depen diente no justifica la aplicación de medidas de compulsión -en el caso, astreintes- sin perjuicio de la aplicación al empleador de lo previsto por los arts. 736 del Cód. Civil y 531 del Cód. Proc. (Cám. Civ. Ba. Bca. - Sala I - Expte. Nº 122.090), por lo que no corresponden las sanciones pedidas; Sin perjuicio de ello, intímase al ---------(empleador) a que dé cumplimiento al depósito ordenado en autos, sobre los haberes que percibe el sr. -----------(alimentante), bajo apercibimiento de remitirse los antecedentes al sr. Fiscal en turno.- Espero que les sea de ayuda. Igual, depende del criterio del Tribunal.-
 #521365  por federic0
 
i13 escribió:Les cuento que yo hice un pedido de astreintes para la empleadora que estaba obligada a retener el sueldo del alimentante.- Nunca cumplio la orden pese al oficio enviado y al solicitarlas, este fue el despacho: El incumplimiento de la orden judicial de retener y de positar el porcentaje del sueldo embargado a su depen diente no justifica la aplicación de medidas de compulsión -en el caso, astreintes- sin perjuicio de la aplicación al empleador de lo previsto por los arts. 736 del Cód. Civil y 531 del Cód. Proc. (Cám. Civ. Ba. Bca. - Sala I - Expte. Nº 122.090), por lo que no corresponden las sanciones pedidas; Sin perjuicio de ello, intímase al ---------(empleador) a que dé cumplimiento al depósito ordenado en autos, sobre los haberes que percibe el sr. -----------(alimentante), bajo apercibimiento de remitirse los antecedentes al sr. Fiscal en turno.- Espero que les sea de ayuda. Igual, depende del criterio del Tribunal.-
Yo embargué a la Policía Federal por no retener una cuota alimentaria. Le hicieron efectivas las astreintes y tampocó las depositó... Muy divertido el embargo en el Departamento Central de Policía... Es el criterio de cada Tribunal, como decís al final de tu comentario...