Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • BIBLIOTECA PREVISIONAL: A colaborar si???

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #516130  por alejandra01
 
nota SAFJP`080 7322/03 beneficio de pensión para una separada de hecho. CÓNYUGE SUPERSTITE ss 2979

Necesito èsto. Alguien puede mandarmelo por mp??????????. mil gracias...
 #516158  por rubinacho
 
Hola Andrea soy nuevo en el foro y en la profesion, y mis primeros trabajos los estoy haciendo por la rama previsional, por lo cual toda info, me resultante importante y pedagogica. No se si tenes las circulares de manera tal de mandarlas por un archivo , de ser asi podrias enviarmelas? Desde ya muchas gracias
 #516302  por noelin
 
alejandra01 escribió:nota SAFJP`080 7322/03 beneficio de pensión para una separada de hecho. CÓNYUGE SUPERSTITE ss 2979

Necesito èsto. Alguien puede mandarmelo por mp??????????. mil gracias...
Q NUMERO RARO!!!! YO TENGO MUCHO, PERO ESO NO ESTA. Q ES SS2979???
 #516503  por alejandra01
 
:lol: :lol: si supiera Noelín!!!.
lo saqué del listado de la Biblioteca Previsional...está casi al final, donde dice pensiones...
espero que alguien me lo pueda pasar...
gracias.
Igual pregunto: alguien tiene la circular, o alguna circular, que diga que no es necesario probar el domicilio entre los cónyuges (para el caso de pensiones) más allá de la fecha del fallecimiento????
Lo pido porque el anses me está pidiendo pruebas en la pensión de mi abuela, y mi abuelo falleció en la casa donde vivían en febrero del año 97, y tenían en ese momento el mismo domicilio en el DNI. O sea, agregué acta de defunción con el mismo domicilio que tenían, y como mi abuela se muda y cambia el domicilio a fin de año del 97, ahora me piden pruebas...
están medio locos..pero no sé como pelearla...
 #516505  por celiaEsc
 
Hola Alejandra, en el archivo que te envié SS. 2979, es claro, la cónyuge separada si no fue declarada culpable de la separación le corresponde aún teniendo diferente domicilio, yo tengo dos así, aprobadas.
Y una de ellas cambió la dirección, y la prueba fue que presentamos fotocopia del DNI, con la dirección del domicilio conyugal durante 20 y pico de años y el cambio con posterioridad al fallecimiento.
además presentamos dos fomularios de testimonial de convivencia, y contrato de alquiler después del fallecimiento. Igual, como éste caso también tenía una supuesta concubina, mandaron verificación ambiental, y salió positiva, consultaron a la encargada. Saludos
 #516521  por celiaEsc
 
Alejandra: deniegan si se encuentra incluída en las causales de exclusión art. 1 L 17562
"En el fallo AGUILAR, te dice que la carga de la prueba de la no culpabilidad en la separación conyugal incumple a quien la alega". (Por eso te piden pruebas).
Pero si no encuentras otra que el domicilio en los DNI, te tienen que aprobar, porque no es ANSES, quien puede administrativamente sentenciar que es culpable.
Es de la Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social Sala III 31/08/2005 (a la sra. AGUILAR, se la denegaron porque ocultó la separación y ANSES Sostuvo que era culpable de haber mentido ¿¿'.??
En todo caso era culpable de haber ocultado la separación, pero va contra el principio de legalidad, y el principio de inocencia, que por una resolución administrativa se declare culpable a una persona, Saludos
 #516524  por celiaEsc
 
cuenten un poco!!!! q es ss 2979??????

Hola Noelín, es una actuación de SSS 3979, sobre un beneficio de pensión, que dispone que los separados de hecho, pueden ser declarados culpable, sólo judicialmente, y que el art. l de la ley 17562, que dispone cuáles son las causas de extinción del derecho a solicitar una pensión, dice:
"El cónyuge que por su culpa o por culpa de ambos, estuviera divoriciado, o separado de hecho al momento de la muerte del causante, excepto cuando el divorcio hubiera sido decretado bajo el régimen del art. 67 bis de la ley 2393 y uno de los cónyuges hubiera dejado a salvo el derecho a percibir alimentos"
UN FALLO DE LA CORTE: COTER, Yolanda Rosa c/ ANSES, decidió que la culpabilidad NO podía ser presumida por ANSES, por resultar contrario al art. 18 CN. (ante la duda, gana el principio de inocencia, legalidad, defensa en juicio etc..)
Así como no tienen pruebas para declararlo inocente, y otorgarle, tampoco tienen pruebas para culpabilizarlo Saludos
 #547645  por carinatello
 
Hola. Por favor necesito modelo de reclamo administrativo contra anses. Mi cliente es jubilado por invalidez del Banco Nacion argentina. Es para pedir el reajuste. ya que los activos( el era gerente de sucursal ) cobran diez mil pesos y el 3.000. Tambien si alguien hace el calculo . ¿Cuanto cuesta? y que datos necesita. Desde ya muchas gracias.
 #570698  por july2009
 
Tengo una jubilacion que es de choferes de larga distancia que la empresa le desconto y no aporto los ultimos años ( que estaba en concurso en la categoria que le correspondia)
Cuando voy hacer la jubilacion rechazan -y mi cliente tiene documental suficiente para que le reconozcan el caracter de los servicios.
Hago el reconocimiento y dio positivo-y ahora no liquidan-que hago..........pido urgente despacho -liquidacion por el perjuicio que genero lo anterior ......ayudenme mi cliente no da mas..........july2009
 #576906  por anarelle
 
Leí un par de páginas de este hilo pero la verdad es que no tengo tiempo de leerme las 33 que tiene :P Así que disculpen si esto que propongo ya está resuelto.
¿No les parece que sería bueno armar esta "biblioteca" de forma online para que todos puedan acceder a ella y no tenga que haber alguien encargado de mandarle las cosas a cada uno que las pide? Tal vez un simple grupo de yahoo o de google, o alguna web donde estén las cosas.
Si quieren que sea algo exclusivo de la gente de este foro se le puede poner contraseña y esa contraseña compartirla acá para que sólo entremos nosotros.
Por otra parte, muy buena la idea de recopilar toda la información en un solo lugar!
 #576935  por alejandra44
 
Es muy buena idea, tendría que armar de a poco lo que tengo y la podría publicar como vos. Cuando puedas serías tan amable de enviarme las circulares que armastes. Mi mail es alejasaf19arrobahotmailpuntocom. Muchas gracias.
  • 1
  • 30
  • 31
  • 32
  • 33
  • 34