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  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #516616  por avvocato
 
Hola,
(Este mismo posts, lo puse en el foro sobre mediación)
Pregunto: Cómo se conjugan la ley de honorarios profesionales en mediación, con el Beneficio de litigar sin gastos a favor de la actora?
Considerando que: por el art 84 CPCCN, el beneficiario carga con una tercera parte de los gastos de la causa, y por otra parte, los honorarios del mediador se corresponden con el monto que fija la ley y su reglamento, según la escala, en mi caso sería $1200.
Agrego que no hay pacto, con lo cual la actora debe pagar el 50% de $1200 o una tercera parte de 1200?
Mil gracias a quien me pueda contestar. :roll: :roll: