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  • Me perdieron una cedula.... HELP

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 #516680  por gitanali09
 
Hola a todos, estoy preocupada porque tengo dinero para retirar en un juicio, pero debi actualizar la liquidaciòn (ya que la empleadora tardo tres años en depositar el dinero embargado...) y una vez que doy traslado a la demandada y se vence el plazo para impugnar la nueva liquidaciòn, cuando me voy a presentar para decir que ya esta firme me encuentro con que el Juzgado perdió la cedula que fuera diligenciada previamente.
La resoluciòn estaba notificada, firme, yo misma separé la cedula de canastilla y se la di al empleado de mesa de entradas con el expediente para que la pasen a costura y la perdieron... Que hago? porque tampoco sería justo para mi tener que notificar de nuevo y dar una nueva oportunidad a la demandada para impugnar la liquidaciòn. NO ES JUSTO. Obviamente es responsabilidad del juzgado, pero que hago?
Por lo pronto pedi busqueda en el expediente de la cedula (que figura devuelta en registros informaticos) y oficie a la oficina de mandamientos para que me den constancia de cuando llevaron la cédula diligenciada al juzgado, pero y si no la encuentran, qué sigue????? :roll:
 #516754  por fhs
 
Puede ser que alguien la haya rodabo del expediente?? antes de que la agreguen al expte a lo mejor alguien la pudo haber sacado... en fin, mas alla de eso es responsabilidad del empleado de mesa de entradas del juzgado, deberías dejar constancia de eso en el expte. Igualmente podes ir a la oficina de notificaciones del juzgado y pedir constancia del diligencviamiento y/o solicitar al juzgado que oficie a la misma para que le informe la fecha de diligenciamiento, domicilio, persona notificada, etc... porque a ellos le queda constancia de esos datos por lo q tengo entendido. Espero que no este tan equivocado, igual no te quedes con esta opinion, segui consultando
 #516881  por gitanali09
 
Si, hice lo que me comentas, el tema es que en la oficina de mandamientos me dicen que a ellos no les queda constancia de si la persona se notifico o no (obvio que al ser domicilio constituido se entiende que la cedula la dejan si o si, que se yo, tendria que buscar la ordenanza o resoluciòn de la corte que establece el procedimiento de notificaciòn junto con el codigo procesal...). Tampoco le quiero joder la vida al pibe de mesa de entradas, pero sino la que pierde soy yo....
 #517510  por ale532
 
En principio, como la cédula la perdió el Juzgado, no deberías tener que hacer una nueva notificación. Además si figura devuelta en los registros del Juzg., sumado a que es dom. constituido, solicitaste búsqueda y se oficie, está todo a tu favor. Pero nunca se sabe...cada Juzg. es un mundo aparte.