Hola colegas, soy nuevo en el foro y mi consulta es por una usucapion. Soy de E. Rios y me piden mediacion previa obligatoria. La usucapion es contra un propietario fallecido que tiene herederos cuyos domicilios son conocidos. El tema es que éstos herederos no quieren hacer el sucesorio, pero no tendrian inconveniente en ir a mediacion y que se acuerde todo por esta via. Las preguntas son: Se necesita declaratoria de herederos para notificar a los mismos de la mediacion? o se puede notificarlos y que declaren ser unicos herederos del titular? de firmarse el acta de mediacion favorable al usucapiente, esto es, que adqueira el dominio por usucapion, basta con tener ese acta de mediacion para hacer escritura publica e inscribirla en el reg de propiedad? o hay que solicitar la homologacion judicial primero? Que me aconsejan?? Les agradeceré sus respuestas... Aclaro que la usucapion es en E. Rios pero por lo que averigüé es similar a la legislacion nacional. Espero comentarios... nos vemos