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  • RENUNCIA GENÉRICA EN CONCILIACIÓN

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #516654  por ricardito21
 
Estimados colegas laboralistas. Para curarme en salud, les hago esta consulta. En una audiencia de conciliación ante un Tribunal del Trabajo de San Isidro, en el acta respectiva mi cliente (el actor) firmó con la cláusula de estilo de que "nada más tiene que reclamar a su contraria derivado de la relación que los unió". Ese expediente era por despido (se reclamaban indemnizaciones legales y multas). Ahora bien, el mismo cliente tiene iniciada -y no notificada todavía- una demanda por accidente de trabajo. La pregunta: ¿esa manifestación en el acta puede afectar la nueva demanda?. Entiendo que no, porque el alcance de la "cosa juzgada" de un acuerdo homologado con una renuncia genérica no puede afectar un reclamo cuyo objeto es totalmente distinto al del expediente conciliado. Sin embargo, quisiera pedirles sus opiniones al respecto, a la luz de su experiencia. Desde ya muchas gracias.
 #516770  por Romina34
 
si bien la renuncia es genérica, se refiere a todos los aspectos vinculados a la relación habida entre las partes desde que la misma se inició hasta que la misma terminó, conforme las fechas al respecto denunciadas en el mismo acuerdo.
espera otras opiniones...
 #517520  por GU
 
Para mi puede reclamar el accidente, salvo que se haya incluido de manera expresa la renuncia a este respecto. La renuncia general, no comprende aquellos rubros que exceden el objeto del litigio, por eso siempre es recomendable, cuando se va por la requerida / demandada, incluir hasta el dolor de panza como rubro a indemnizar.

Salutes!