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  • Negativa de un hijo al reconocimiento de su padre biologico

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #517489  por lili07
 
Hola Foristas: Tengo un caso de laboratorio. Mi clienta es una mujer de 18 años que vive con su tía materna, ya que su madre falleció hace cinco años. Hace una semana le llego una carta a su casa, poniendola en conocimiento que su padre biologico ha iniciado los tramites para su reconocimiento.
Al contrario que la mayoría, mi clienta no quiere saber nada con respecto a su padre biologico, ya que tuvo contacto, muy esporadicos, y cuando se hizo adolescente, su supuesto padre tuvo conductas obscenas hacia ella.
Mi pregunta es la siguiente: Puede impugnar esa paternidad, o desconocerla????? Mi clienta quiere por todos los medios seguir conservando el apellido de su madre solamente.
Gracias anticipadas
 #517594  por Claudialo
 
En principio su clienta, no puede negar ser reconocida por su padre biológico. Por cuanto la filiación es una cuestión de Orden Público.
Por lo que veo su clienta tiene el apellido materno, es decir que no existe otro reconocimiento previo que contradiga al primero. En este sentido si el progenitor acude al Registro Civil del nacimiento de su clienta, puede directamente reconocerla. Este es un acto jurídico Unilateral e irrevocable.-.
Sin perjuicio de ello, ella puede peticionar conservar el apellido materno, por sentirse identificada, ser conocida por el , y demostrar que dicha alteración la causaría perjuicio. También -si hubo- algún tipo de abuso, respecto de su progenitor-,anudar que llevar el apellido paterno, le causaría algún tipo de consecuencia psicológica significante.-Pero reitero, no puede evitar la filiación, si en verdad es su padre biológico. Saludos.-
 #517626  por lili07
 
Muchisimas Gracias por tu respuesta. Me ayudo muchisimo. Te hago otra consulta, mediante que procedimiento podria mantener el apellido materno (es en la provincia de buenos aires), es administrativo, por informacion sumaria o es un juicio ordinario. Gracias de nuevo.
 #517835  por antihique
 
Lo que si puede la clienta si fue abandonada afectiva,economica y moralmente iniciar un daños y perjuicios por el tiempo en que su padre no la reconocio.
Entonces ya que no puede resisitirse al reconocimiento,por lo manos que logre uan compensacion al abandono,y depende cuanto puedan acreidtar de su sufrimiento,quedarse sola con la tia no tener al padre; ADEMAS si puede mostrar que la visitaba esporadicamente pero no hizo el reconocimiento y hay modo de msotrar con testigos,etc, etc puede esta pidiendo un monto proximo a los 30000$$ con altas posibilidades de que se lo acepten en esa cifra en la sentencia