He buscado en base de datos y en Biblioteca y no puedo encontrar algo preciso sobre el concepto de residir en el país y la doble residencia. Si alguno de los foreros puede dar una mano estaría agradecida.
Lo único que aparece es la ley sobre impuesto a las ganancias 20.628 y sus modificaciones. También el Convenio Hispano Argentino para evitar la doble imposición. Pero absolutamente nada en Código Civil u otras zonas del Derecho donde sería necesaria su aplicación por la cantidad de casos que existen de personas que viven en la actualidad entre dos países, que residen en ambos y que tienen domicilio e interese en ambos.
Lo único que aparece es la ley sobre impuesto a las ganancias 20.628 y sus modificaciones. También el Convenio Hispano Argentino para evitar la doble imposición. Pero absolutamente nada en Código Civil u otras zonas del Derecho donde sería necesaria su aplicación por la cantidad de casos que existen de personas que viven en la actualidad entre dos países, que residen en ambos y que tienen domicilio e interese en ambos.