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  • divorcio ,no es presentación conjunta

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #517949  por marcede
 
hola a todos.tengo una consulta que hacerles respecto a un divorcio q estoy por iniciar: la sra se quiere divorciar y el marido no quiere. ya hacen más de tres años que estans separados de hecho, Puedo iniciar el divorcio con esta causal es decir invocando la separación de hecho sin voluntad de unirse?
Otra pregunta como no va a ser en presentación conjunta ,basta solo con la firma de mi clienta? puede el marido al contestar demanda invocar otra causal ?
si alguien tiene un modelo me lo puede facilitar ? desde ya muchas gracias
 #517957  por kantaclaro
 
La causal a invocar es el art. 214 inc 2 del CC. Obviamente, al ser presentado por tu clienta (como contradictorio) llevará sólo su firma y el demandado podrá reconvenir por otra causal (ej. adulterio) debiendo probarlo. Saludos
 #517987  por federic0
 
kantaclaro escribió:La causal a invocar es el art. 214 inc 2 del CC. Obviamente, al ser presentado por tu clienta (como contradictorio) llevará sólo su firma y el demandado podrá reconvenir por otra causal (ej. adulterio) debiendo probarlo. Saludos
Y en caso de que el demandado reconvenga, a su vez tu clienta puede reconvenirlo por alguna de las causales. Saludos.
 #518219  por marcede
 
federic0 escribió:
kantaclaro escribió:La causal a invocar es el art. 214 inc 2 del CC. Obviamente, al ser presentado por tu clienta (como contradictorio) llevará sólo su firma y el demandado podrá reconvenir por otra causal (ej. adulterio) debiendo probarlo. Saludos
Y en caso de que el demandado reconvenga, a su vez tu clienta puede reconvenirlo por alguna de las causales. Saludos.
pero entonces tengo q ofrecer prueba testimonial documental etc. es necesario manifestar las razones por las cuales se produjo la separación de hecho, o basta la referencia a q existen motivos q hacen insostenible la relación matrimonial? alguien m pasa un modelo? gracias
 #518254  por federic0
 
marcede escribió:
federic0 escribió:
kantaclaro escribió:La causal a invocar es el art. 214 inc 2 del CC. Obviamente, al ser presentado por tu clienta (como contradictorio) llevará sólo su firma y el demandado podrá reconvenir por otra causal (ej. adulterio) debiendo probarlo. Saludos
Y en caso de que el demandado reconvenga, a su vez tu clienta puede reconvenirlo por alguna de las causales. Saludos.
pero entonces tengo q ofrecer prueba testimonial documental etc. es necesario manifestar las razones por las cuales se produjo la separación de hecho, o basta la referencia a q existen motivos q hacen insostenible la relación matrimonial? alguien m pasa un modelo? gracias
En una primera instancia, tenés que ofrecer prueba para demostrar que están separados de hecho desde hace más de tres años, sin invocar ni siquiera que existen motivos que hacen insostenible la relación.
Si al contestar demanda reconvienen, en tu posterior reconvención vas a tener que ofrecer todos los medios de prueba para demostrar las causales que invoques en esa reconvención.
Saludos
 #518552  por marcede
 
pero el único motivo por el cual se divorciaron es ese en realidad : se tornaba insostenible la convivencia, por otra parte para demostrar la separación de hecho sin voluntad de unirse además de testigos tengo el contrato nuevo de alquiler desde la fecha en que dejaron de convivir y mi clienta decidió viivir sola. eso basta?
 #519107  por marcede
 
marcede escribió:pero el único motivo por el cual se divorciaron es ese en realidad : se tornaba insostenible la convivencia, por otra parte para demostrar la separación de hecho sin voluntad de unirse además de testigos tengo el contrato nuevo de alquiler desde la fecha en que dejaron de convivir y mi clienta decidió viivir sola. eso basta?