No existe inconvenientes en modificar (ya sea ampliando o cambiando) los acuerdos alcanzados en la 1º aud., en tanto el escrito lleve las firmas de ambas partes; pudiéndoseles requerirles lo ratifiquen para homologarlo finalmente en la dda. Saludos
"Tu deber es luchar por el Derecho, pero cuando encuentres en conflicto el Derecho con la Justicia, lucha por la Justicia" (Couture)