Hola a todos: espero me puedan orientar, vino un cliente con copia de una notificaciòn de un acto administrativo donde lo intiman a jubilarse por tener cumplido la edad y los años de aportes, segun ley 471 arts 59 y 61, el tema es el siguiente: este hombre tiene 58 años y 30 años de aportes, se debe iniciar la jubilicion o debo impugnar el acto administrativo? gracias a todos.