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  • DUDA S/BIEN GANANCIAL

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #518957  por maria80
 
Hola colegas, Un hombre de su primer matrimonio tiene como bien ganancial un inmueble, 50% le corresponde a él. éste hombre queda viudo, y se volvio a casar, ahora, de ese 50 % que es de él, hereda algo la segunda esposa????.

Y otra duda es, en que calidad adquiere el viudo, dichos bienes ganaciales, es decir, pasa a ser un bien propio lo que él adquiere???, espero no estar preguntando mal, pero bueno , espero sus respuestas. Gracias
 #518997  por Carmen Susana
 
El viudo es el heredero sin herencia; pues sólo retira lo que a él le pertenece, me refiero a los gananciales.-
Si se casa de nuevo como ese bien ya lo tenía para el segundo matrimonio se lo considera propio, si fallece la segunda cónyuge hereda como un hijo más, en el caso de concurrir con descendientes.-
 #519033  por DrPerrito
 
Carmen Susana escribió:El viudo es el heredero sin herencia; pues sólo retira lo que a él le pertenece, me refiero a los gananciales.-
Si se casa de nuevo como ese bien ya lo tenía para el segundo matrimonio se lo considera propio, si fallece la segunda cónyuge hereda como un hijo más, en el caso de concurrir con descendientes.-
excelente respuesta......parece mentira que haya abogados que algo tan simple no lo sepan...
Muy clara y concisa la rta: la felicito
 #519127  por maria80
 
como siempre Gracias Dra Carmen Susana, recién me estan llegando casos sobre bs gananciales, Gracias.
 #519314  por antihique
 
BIENES GANANCIALES Y PROPIOS.
Los bienes gananciales son los bienes que forman parte de la “sociedad conyugal”, o sea los bienes que se adquieren mientras el fallecido haya estado casado.
• El cónyuge que sobrevive al otro recibirá la mitad de los bienes como parte de la sociedad conyugal, no como heredera/o. Y la totalidad, o sea el 100% si no hay descendientes ni ascendientes (ni hijos ni padres del fallecido).
• Si hay hijos la otra mitad se divide entre la cantidad de hijos por partes iguales.
• Si no hay hijos pero sobreviven los padres del difunto, reciben el 50% de la herencia cada uno, o si vive solo uno de ellos recibe la totalidad.
• Si existen cónyuge y ascendientes, recibe el cónyuge el 50% como socio de la “sociedad conyugal” y el otro 50% se dividen en partes iguales entre los ascendientes y el cónyuge.
Los bienes propios son los bienes que poseen cada cónyuge antes del matrimonio, o los recibidos como legado o donación aún después del matrimonio.
• Si hay hijos y cónyuge sobreviviente heredan todos por partes iguales.
• Si hay cónyuge y padres del difunto heredan el cónyuge el 50% y la otra mitad los padres.
• Si no hay cónyuge pero hay hijos y ascendientes, reciben la totalidad los hijos.
• Cuando no hay ni ascendientes ni descendientes ni cónyuge del fallecido, lo heredan su hermanos, si los hay, sino sus tíos y sobrinos, y si no los tiene sus primos