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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #518970  por mafeci11
 
hola. Tengo un señor de 65 años, con 10 años y 7 meses de aportes en el IPS (tengo la correspondiente certificacion y el certificado de cesacion de servicios expedido por el minisiterio de seguridad de la prov de bs as- era policia)
a la vez tiene 5 años y 10 meses de aportes como autonomos (que me figuran en anses)
Compro por moratoria 13 a y 7 meses.
Pregunto.... puedo iniciarla en anses? pese los 10 años y 7 meses de aportes del IPS?
 #519001  por hugo2
 
mafeci11 escribió:hola. Tengo un señor de 65 años, con 10 años y 7 meses de aportes en el IPS (tengo la correspondiente certificacion y el certificado de cesacion de servicios expedido por el minisiterio de seguridad de la prov de bs as- era policia)
a la vez tiene 5 años y 10 meses de aportes como autonomos (que me figuran en anses)
Compro por moratoria 13 a y 7 meses.
Pregunto.... puedo iniciarla en anses? pese los 10 años y 7 meses de aportes del IPS?
Se inicia en anses, pervio reco en ips de los peridos trabajados en provincia.
 #519009  por mafeci11
 
muchas gracias a los dos.... y una preguntitas mas... "previo reconocimiento en el ips". Teniendo la certificacion expedida por el ministerio de seguridad de la prov de bs as... no basta?
 #519041  por PATO860
 
creo que no vas a tener drama, ya que si la edad para acceder a la prestacion PBU PC PAP, la cumple en vigencia de la ley 24241, se aplica la ley 24776, y podes pagar autonomos lo que te falta. Pero comparto la opinion de que tenes que iniciar un reco en provincia
 #519072  por hugo2
 
mafeci11 escribió:muchas gracias a los dos.... y una preguntitas mas... "previo reconocimiento en el ips". Teniendo la certificacion expedida por el ministerio de seguridad de la prov de bs as... no basta?
Te respondo lo que dice ips: los agentes municipales, los empleados publicos de la provincia, los policias, etc. tienen que presentar la certificacion de servicios y el decreto de cese donde dice cuanto trabajaron y los sueldos, pero el ips tiene que decir si recibio esos aportes, por eso el reco en ips.
 #519377  por Mo
 
PRIMERO TENES QUE PRESENTAR EL RECONOCIMIENTO DE SERVICIOS EN IPS O CAJA DE POLICIA SEGUN SI LOS APORTES SON ANTERIORES O POSTERIORES A 11/1974 Y CON LA CONSTANCIA DE HABERLO INGRESADO PRESENTAR LA JUBILACION EN ANSES.
UN DETALLE IMPORTANTE ES QUE CUANDO PRESENTES EN EL IPS O CAJA HACE UNA NOTA Y PONE BIEN CLARITO QUE UNA VEZ QUE SE RESUELVA EL RECONOCIMIENTO DE SERVICIOS SE REMITA EL EXPEDIENTE AL ANSES DE TAL LUGAR ESPECIFICADO PORQUE ME PASO QUE ME MANDARON EL EXPEDIENTE AL ARCHIVO DE SAN MARTIN Y ME DENEGARON LA JUBILACION 2 VECES HASTA QUE LOGRE UBICAR EL EXPEDIENTE.
SALUDO
MO