Hola colegas, les comparto un caso a ver si me pueden dar una mano:
Empleador: empresa de servicios eventuales. Trabajador Registrado.
Sufre un accidente in itinere se cae de la bicicleta, choca la cara contra el piso y se lesiona mucho. El accid es reconocido por ART, le da atencion medica, y punto. A los meses, el trabajador siente que quedo mal de las curaciones hechas por el instituto medico prestador de la ART, por lo que vuelve, alli le dicen que efectivamente tenia un % de incapacidad que ellos habian omitido fijar, lo mandan a sede central de la ART en Capital Federal; alli lo ve un medico de ART, fija la incapacid. en un 2,5% Disconforme el trabajador acude a la COmision Medica, que fija el mismo porcentaje. Notifica a la ART, y esta le paga en base a esa incapacidad. El trabajador cobra, y me viene a ver. En el interin, ya habia renunciado a ese trabajo.... actualmente hace changas en negro...
Asi las cosas, por lo que me comenta y la discapacidad con la que quedó, "me da la sensacion" que es bajo el porcentaje fijado: el dictamen considera solo la cicatriz en el labio inferior. Pero nada dice respecto de la dificultad severa que quedo en el habla, tiene la zona insensible, adormecida, con problemas de contencion de la saliva, ademas de una deformación del rostro...
Al ser in itinere, solo puedo ir por las prestaciones sistemicas y contra la ART. Pese a que cobro la prestacion (acorde dictamen de la comision medica) no lo apelare administrativamente ante la Junta, voy directamente a sede judicial, bajo planteo de inconstituc. del sistema administrativo de comisiones --aunque el tr se sometio a su competencia de algun modo,.... pero sin asesoramiento...--
Punto 2) Iria por la diferencia entre lo ya abonado y lo que se pretende como correspondiente a un mayor grado de incapacidad. Ahora bien, ese mayor grado de incapacidad suelo reforzarlo con un certificado medico o un informe detallado de un medico legista.... pero en este caso, el trabajador no tiene mas obra social!! y le cuesta aprox $400 el dictamen de un medico... Me arriesgo y confio en mi instinto, basandome en el decreto como baremo, reclamo un mayor porcentaje y quedo sujeta a la pericia judicial??????
Espero me puedan orientar desde v. experiencia!!! gracias!!
Empleador: empresa de servicios eventuales. Trabajador Registrado.
Sufre un accidente in itinere se cae de la bicicleta, choca la cara contra el piso y se lesiona mucho. El accid es reconocido por ART, le da atencion medica, y punto. A los meses, el trabajador siente que quedo mal de las curaciones hechas por el instituto medico prestador de la ART, por lo que vuelve, alli le dicen que efectivamente tenia un % de incapacidad que ellos habian omitido fijar, lo mandan a sede central de la ART en Capital Federal; alli lo ve un medico de ART, fija la incapacid. en un 2,5% Disconforme el trabajador acude a la COmision Medica, que fija el mismo porcentaje. Notifica a la ART, y esta le paga en base a esa incapacidad. El trabajador cobra, y me viene a ver. En el interin, ya habia renunciado a ese trabajo.... actualmente hace changas en negro...
Asi las cosas, por lo que me comenta y la discapacidad con la que quedó, "me da la sensacion" que es bajo el porcentaje fijado: el dictamen considera solo la cicatriz en el labio inferior. Pero nada dice respecto de la dificultad severa que quedo en el habla, tiene la zona insensible, adormecida, con problemas de contencion de la saliva, ademas de una deformación del rostro...
Al ser in itinere, solo puedo ir por las prestaciones sistemicas y contra la ART. Pese a que cobro la prestacion (acorde dictamen de la comision medica) no lo apelare administrativamente ante la Junta, voy directamente a sede judicial, bajo planteo de inconstituc. del sistema administrativo de comisiones --aunque el tr se sometio a su competencia de algun modo,.... pero sin asesoramiento...--
Punto 2) Iria por la diferencia entre lo ya abonado y lo que se pretende como correspondiente a un mayor grado de incapacidad. Ahora bien, ese mayor grado de incapacidad suelo reforzarlo con un certificado medico o un informe detallado de un medico legista.... pero en este caso, el trabajador no tiene mas obra social!! y le cuesta aprox $400 el dictamen de un medico... Me arriesgo y confio en mi instinto, basandome en el decreto como baremo, reclamo un mayor porcentaje y quedo sujeta a la pericia judicial??????
Espero me puedan orientar desde v. experiencia!!! gracias!!