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  • Accidente in itinere - Bajo % incapacidad

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #517748  por DraSabri
 
Hola colegas, les comparto un caso a ver si me pueden dar una mano:
Empleador: empresa de servicios eventuales. Trabajador Registrado.
Sufre un accidente in itinere se cae de la bicicleta, choca la cara contra el piso y se lesiona mucho. El accid es reconocido por ART, le da atencion medica, y punto. A los meses, el trabajador siente que quedo mal de las curaciones hechas por el instituto medico prestador de la ART, por lo que vuelve, alli le dicen que efectivamente tenia un % de incapacidad que ellos habian omitido fijar, lo mandan a sede central de la ART en Capital Federal; alli lo ve un medico de ART, fija la incapacid. en un 2,5% Disconforme el trabajador acude a la COmision Medica, que fija el mismo porcentaje. Notifica a la ART, y esta le paga en base a esa incapacidad. El trabajador cobra, y me viene a ver. En el interin, ya habia renunciado a ese trabajo.... actualmente hace changas en negro...
Asi las cosas, por lo que me comenta y la discapacidad con la que quedó, "me da la sensacion" que es bajo el porcentaje fijado: el dictamen considera solo la cicatriz en el labio inferior. Pero nada dice respecto de la dificultad severa que quedo en el habla, tiene la zona insensible, adormecida, con problemas de contencion de la saliva, ademas de una deformación del rostro...

Al ser in itinere, solo puedo ir por las prestaciones sistemicas y contra la ART. Pese a que cobro la prestacion (acorde dictamen de la comision medica) no lo apelare administrativamente ante la Junta, voy directamente a sede judicial, bajo planteo de inconstituc. del sistema administrativo de comisiones --aunque el tr se sometio a su competencia de algun modo,.... pero sin asesoramiento...--

Punto 2) Iria por la diferencia entre lo ya abonado y lo que se pretende como correspondiente a un mayor grado de incapacidad. Ahora bien, ese mayor grado de incapacidad suelo reforzarlo con un certificado medico o un informe detallado de un medico legista.... pero en este caso, el trabajador no tiene mas obra social!! y le cuesta aprox $400 el dictamen de un medico... Me arriesgo y confio en mi instinto, basandome en el decreto como baremo, reclamo un mayor porcentaje y quedo sujeta a la pericia judicial??????

Espero me puedan orientar desde v. experiencia!!! gracias!!
 #519583  por DraSabri
 
se nos ocurrio una buena idea, viendo la imposinilidad de obtener un certificado d eun medico legista: que se atienda en un hospital publico, por lo que la atencion sera gratuita, y consiga un cetificado medico donde indique que padece adormecimiento en la zona, dificult p habla, etc. asi eso me sirve de aval, chequeo en el baremo del decreto 659/96 y me aproximo al % a reclamar...
Hay otro baremo en ell que me pueda fijar?? Hay medicos que hacen referencia a uno de francia, pero no se de donde sacarlo
 #519762  por DAL
 
Sabri te veo orientadísima pero te sugiero algo que tal vez en tu codigo haya o no haya.
MEDIDAS PREVIAS O MEDIDAS PREPARATORIAS. Tenés?? podés pedir la pericia médica como medida previa, o preparatoria de juicio y ahí hacés la pericia.
Como cautelar, como aseguramiento de prueba, no lo veo, ya que el pelicurum in mora sería . . . que se cure???? pero tal vez pueda caminar tambien.
Aca se usa, usamos, las medidas preparatorias que no estan en el codigo procesal laboral sino en el civil, lo que pasa que el civil se aplica supletoriamente para cosas no regladas por el laboral, como lo es . . . las medidas previas y preparatorias.
 #519810  por DraSabri
 
Hola DAL, gracias por tu respuesta. Me fije bien en la ley de procedimiento y no existen previstas estas medidas previas, pero podría intentarlo con base en codigo procesal cicivl y comercial, tal como lo hacen uds...
Respecto de lo que pregunte sobre baremos, podes ayudarme?
 #519844  por Trinity272
 
Hola Podes pedir también la reparación integral y la inconstitucionalidad de la ley de riesgo del trabajo, igualmente van a hacer una pericia por un mèdico legista y el Juez se va a agarra de eso para fijar la incapacidad, seguramente la Art. te va a descontar lo ya percibido pero por lo que me decis es mucho màs que un 2.5.Suerte y saludos
 #519887  por MORGAN
 
No funciona la reparación integral contra el empleador ni la ART en los accidentes in itínere, no existe nexo causal que pueda imputárseles.
El que reclama debe solicitar la aplicación del baremo que le sea conveniente. Hay uno de la Pcia. de Bs. As. que es muy bueno de la Subsecretaría de Trabajo Resolución 303/93.
 #519912  por PsicologiaForense
 
hola, el % es muy bajo teniendo en cuenta todo lo que decís que le quedó como secuela, a lo que seguramente habrá que sumar algún % por daño psíquico (15/20%?) ya que su imagen corporal, capacidad de comunicarse y de circulación social tienen que haber sido afectadas por algún trastorno. Habrá que sumar el costo del tratamiento. *leo*

Lo del hospital, bueno, no creo que nadie tenga un baremo en un hospital, no va a haber un legista, asi que probablemente tendrá que ir a varios servicios y lo verán varios médicos. Tal vez todas las idas y venidas le cuesten más que pagarle a un legista inteligente y no a un residente con pocas ganas de escribir... :shock:
Y para el daño psíquico un buen psicólogo, que fundamente el grado de incapacidad con técnicas psicométricas y/o proyectivas que le den consistencia a las conclusiones :mrgreen:
Saludos.
 #520071  por DraSabri
 
Muchas gracias colegas por responder! Tal como dijo Morgan, solo ire por las prestaciones sitemicas de la LRT y no por accion de reparación integral, pues es in itinere.
Partiendo de eso, no puedo encontrar el baremo que me decis Morgan! voy a seguir buscando, pero si lo tenes, te pido por favor me lo pases!
Respecto de la incapacidad desde el punto de vista psicologico, la puedo incorporar al porcentaje cuando reclamo por la indemnización de la ley de riesgos? porque los baremos tienen en cuenta no al trabajador como un ser humano en todas sus facetas, sino solamente en tanto objeto de producción.... como hago entrar una incapacidad psicologica? o los baremos la preven????
 #520086  por PsicologiaForense
 
DraSabri escribió: Respecto de la incapacidad desde el punto de vista psicologico, la puedo incorporar al porcentaje cuando reclamo por la indemnización de la ley de riesgos? porque los baremos tienen en cuenta no al trabajador como un ser humano en todas sus facetas, sino solamente en tanto objeto de producción.... como hago entrar una incapacidad psicologica? o los baremos la preven????
Hola, bueno, ya te lo confirmarán, pero por lo menos el baremo que usaba yo en las pericias, el 478/98 incluye muchos trastornos psíquicos. A pesar de que siempre pedían que se utilizara ese, yo incluía los valores de acuerdo a dos baremos, ese de las ART y el de la Academia de Ciencias de Catex y Silva.
byee, suerte *suerte*
 #520363  por DAL
 
Sabri, respecto a la presunta incapacidad según baremo. NO invoques ninguna incapacidad. Yo tuve un caso donde se apuntó la primer falange del dedo indice de la mano habil y mirando yo el baremo, me daba una incapacidad de 12 o 16% maso. Finalmente juntamos los mangos para pagarle al legista y el legista nos certificó un 22% porque además de la amputación en sí misma tuvo en cuenta el daño al nervio, y una par de fracturas de los otros dedos, curadas, bastante bien, y demás, así sumando puntito por puntito llegó a más de lo que se nota en el baremo, y sacandolo del propio baremos de ART.
Entonces si logra´s hacer una medida previa, podés no informar vos ningun porcentaje estimado, y pedir que el medico consige todo. Y respecto al daño psicologico, si no lo pedís expresamente el perito no lo va a relevar porque no es perito psiquiatra, así que tenes que incluirlo como un punto expreso. TAl como dice psicologíaforense, hay un monton de dolencias del aspecto psicologico, tales como laS RVAN que son las reacciones vivenciales y no me acuerdo que mas pero son esas dolencias despues de hechos traumáticos. Y segun como haya sido el accidente, te diré que son muchos puntitos. Tengo una clienta donde estoy reclamando, que ya hace años la atropello una moto, y ahora cerrando la puerta del auto otro auto que dobla a los p..... la atropella y si bien físicamente no se lesionó mucho que digamos, le hicimos un examen psicologico y por RVAN tenemos un monton de incapacidad. Y real, lamentablemente, ya que a pesar de que la clienta se lo toma en joda y dice que ya tiene mucha revolcada por el pavimento, imaginate que la primera vez que te atropella un auto (yendo en moto), uno se repone (pero no se sube más a una moto) , pero cuando te pasa una segunda vez, y fuera dle auto. . . . .ya no quedan ganas de cruzar la calle.


Fijate en serio por la forma de hacer la pericia de modo anticiapado. Alguna forma debe haber.
 #520478  por DraSabri
 
gracias colegas!! muchas gracias por orientarme tan bien! Voy a investigar sobre lo que me dice DAL de la medida previa... Pero por las dudas, quiero contar igualmente con esos baremos uqe me comenta psicologiaforense.. los tendras en formato digital para poder verlos? MORGAN tb me habia sugerido uno 303/93 creo que era, y tampoco lo puedo encontrar...!
 #520479  por DraSabri
 
Dal, respecto del caso con tu cliente, verdaderamente que mala suerte pobre sra!! Para argumentar ese RVAN, no es necessario que se este reclamando una reparación integral? o un perito lo incluiria para subir el % de incapacidad cdo la indemnización que se reclama es solo la terifada por lrt?
 #520638  por PsicologiaForense
 
DraSabri escribió:gracias colegas!! muchas gracias por orientarme tan bien! Voy a investigar sobre lo que me dice DAL de la medida previa... Pero por las dudas, quiero contar igualmente con esos baremos uqe me comenta psicologiaforense.. los tendras en formato digital para poder verlos? MORGAN tb me habia sugerido uno 303/93 creo que era, y tampoco lo puedo encontrar...!
hola, acá te paso el link del capítulo psiquismo que tengo en google docs. Si lo necesitás completo te lo subo... No solo incluye las reacciones neuróticas sino trastornos más severos...

http://docs.google.com/View?id=dcqjzzf2_94ccjrhmd5
 #520643  por PsicologiaForense
 
DraSabri escribió:gracias colegas!! muchas gracias por orientarme tan bien! Voy a investigar sobre lo que me dice DAL de la medida previa... Pero por las dudas, quiero contar igualmente con esos baremos uqe me comenta psicologiaforense.. los tendras en formato digital para poder verlos? MORGAN tb me habia sugerido uno 303/93 creo que era, y tampoco lo puedo encontrar...!
PD: Acá te subí el baremo completo en .pdf

http://sharebee.com/c94f286f