Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • consulta ley 24828

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #520764  por marimar37
 
Hola quisiera saber si una mujer que aporta como ama de casa ley 24828 cuando se vaya a jubilar puede computar tambien años que tiene en relacion de dependencia. No entiendo muy bien que quiere decir " la ley 24828 para las amas de casa establese una afiliación voluntaria autónoma especial, ya que con dicha afiliación sólo pueden incorporarse al régimen de capitalización del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones."
Gracias
 #521061  por celiaEsc
 
Hola se puede jubilar teniendo en cuenta también RD y autónomos que tuviera pagados, y siempre acorde al las prestaciones que le garantiza el art. 46 de la ley 24241, al que remite el art.3 de la 24828. es una jubilación mixta, simplemente, SALVO: que después cambie.. pero los aportes, deberían servirle.. saludos