perdon por la pregunta, tengo que iniciar una causa laboral y necesito que mi cliente me firme un poder, la pregunta es la siguiente, ¿debo concurrir a receptoria, esperar que me sorteen el juzgado y luego concurro al mismo para que se efectue el acta poder o bien voy al juzgado hago que se firme el poder ante el secretario y luego presento todo en receptoria?
Desde gracias.
Desde gracias.