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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #519680  por MMI77
 
Hola a todos. Nuevamente recurro a ustedes para sacarme unas duditas.
Tema prescripcion... de ciertos rubros, horas extras impagas, viaticos adeudados, comidas impagas, obra social, sac, etc.
Como es el tema de la prescripción de estos rubros. ALGUIEN SABE ??
Espero respuesta, Gracias !
M.-
 #519881  por celeandre
 
los reclamos derivados de una relacion laboral prescriben a los dos años de finalizada la misma. Excepto en el caso de los accidentes de trabajo, que el computo del plazo es diferente.-
Saludos.
 #520992  por GU
 
celeandre escribió:los reclamos derivados de una relacion laboral prescriben a los dos años de finalizada la misma. Excepto en el caso de los accidentes de trabajo, que el computo del plazo es diferente.-
Saludos.
A los 2 años de devengado el credito, no de terminada la relacion laboral.

Salutes!
 #521779  por MMI77
 
GU no entendi.
Si mi cliente reclama suponete AGUINALDOS/ VACACIONES / HORAS EXTRAS / TICKET CANASTA DEL 2003 y la relación laboral terminó en Diciembre de 2008 e intimó en Enero de 2009.. que es lo prescripto ??? Osea que puede reclamar ???