Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Alta MOnotributista con deuda de inscripción anterior

  • Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #512383  por kmzero
 
Hola! gracias por responder:
tengo un cliente con una deuda importante del 2006-2007 ($6.000)y quiere volver a darse de alta en Monotributo. Mi pregunta es la siguiente: tiene que pagar antes de inscribirse? si no fuera así: ¿es posible pagar mes a mes los capitales e intereses de los períodos adeudados o sí o sí necesito crear un plan con moratoria?
muchas gracias
 #513593  por GyD
 
Si tiene CUIT y clave, hace la adhesión por internet, le tendría que salir aunque tenga deuda. Puede que se le bloquee por el domicilio, pero eso lo arregla actualizando el domicilio.
Saludos.
 #514333  por GyD
 
carovr668 escribió:Hola, estaria bueno saber si dejo de ser monotributista porque se dio de baja o porque le dieron la baja por decreto.
saludos
Correctísimo, aunque la baja por decreto en el monotributo es una contradicción sistémica, ya que por si misma, no significa el pase del monotributo al régimen general como podría suponerse, dado que la baja por decreto es baja en todo régimen y fue inventada para hacer operar la prescripción de 10 años en lugar de 5.
A todo esto, recién el año pasado le hicieron reconocer a la AFIP la prescripción de 5 años en el régimen general en caso de un monotributista, ya que la misma pretendía mantener los 10 años del régimen general en el caso de un contribuyente que revistiera el carácter de monotributista sin haber caido en la cuenta de que el monotributo es sustitutivo. Por esa misma razón, no aplicaba baja por decreto sino por falta de cotización al régimen.
Saludos
 #516202  por Anete
 
Si le dieron la baja por decreto, yo igual abonaría por moratoria o no, como más le guste. Conozco un caso de una colega, donde un pobre cliente que estaba de mala racha, dejó de pagar, le dieron la baja, y le determinaron deuda como autónomos, se impugnó pero aún no se resolvió. Entiendo que si puede pagar, sería un modo de atajarse y evitar tal vez un problema.
 #516244  por GyD
 
Anete escribió:Si le dieron la baja por decreto, yo igual abonaría por moratoria o no, como más le guste. Conozco un caso de una colega, donde un pobre cliente que estaba de mala racha, dejó de pagar, le dieron la baja, y le determinaron deuda como autónomos, se impugnó pero aún no se resolvió. Entiendo que si puede pagar, sería un modo de atajarse y evitar tal vez un problema.
Nooooooooooooo!!!!!!!! No pueden excluirlo del monotributo por falta de pago. Si le dan la baja es de la actividad, pero no del monotributo. :twisted: :twisted: :twisted: :twisted: :twisted: Están abusando de la figura de la baja por decreto.
Saludos.
 #517092  por GyD
 
Anete escribió:GyD aunque nos quejemos ocurre, si quieren cuando tenga noticias de cómo termina la historia, le cuento.
Sí, tenenos al tanto pues es un tema de interés general...
Saludos
 #520783  por kmzero
 
Bueno, les cuento como lo resolví para que sirva a futuros lectores:
El caso era una baja de oficio que le generó una deuda superior a los 6000, así que tuve que adherir a un plan de pagos (Mis facilidades, el único vigente hoy, el plan permanente, general sin bonificación de intereses) y luego, esperar que el sistema acuse recibo (72h). Dándole de alta a la actividad económica en Sistema Registral/Actividades económicas, esperando que se actualice, recién ahí me habilitaron la pestaña Adhesion en Monotributo.
Gracias a todos por sus recomendaciones.
Saludos!
 #521758  por kmzero
 
La moratoria vigente sólo me permitió hacerlo hasta 14 cuotas. Es imprescindible que primero leas el anexo II de la resolución gral. 2774. Como dije antes, no existe al día de hoy bonificación ni plan de moratoria vigente que mejore las condiciones de quienes tengan necesidad de acogerse a un plan de pagos. La última terminó el 28/02/2010. Para elaborarlo, se necesita una caja de ahorro (CBU) o en su defecto, se puede abrir en elBanco Nación una caja de ahorro fiscal, sin costo. Los días 16 se debitarán las cuotas, que deben estar depositadas, el segundo vencimiento es el 26. Pero ojo con no pagar porque hay sanciones, como la prescripción del plan de pagos a la tercer cuota vencida.
En cuanto al alta nueva, se realiza sin problemas desde las pestañas Monotributo o Sistema Registral/alta Impuestos y regímenes. Es lo mismo.
Suerte
 #522185  por pichondeoso
 
Si, pero ojo con lo siguiente.
Seguramente pagó lo adeudado hasta la fecha de la baja de oficio.
Y la nueva alta en Monotributo fué en la fecha actual.
El problema es que queda en el "limbo" tributario entre la fecha de la baja de oficio y la nueva alta.
¿tuve actividad en ese período? sino, no hay problema.
Si tuvo actividad... le pueden reclamar la deuda.
Saludos.

Angel Fernando Aguilar
 #614616  por Matiaspagador
 
Respecto al limbo de lafecha de baja y el momento que uno vuelve a estar en el monotributo.
te reclaman deuda y nada mas?
No genera unas obligaciones ene l tiempo que no fuiste monotributista?
Tengo una deuda enorme entre la baja y necesito el alta!
gracias por recomendarme que seguir,,
 #621326  por lucanor
 
Inclui en el plan de pagos los ultimos 10 meses adeudados, y en pocas horas podes darte de alta nuevamente en el monotributo, la deuda anterior sigue existiendo, pero si vos necesitas inscribirte nuevamente hace como te digo, los 10 ultimos meses adeudados, lo anterior Dios dira...............