Hola colegas.
Tengo que inciar una jubilación de una mujer que tiene beneficio de pensión. Cobra el haber mínimo y no puede pagar toda la deuda al contado.
La idea es iniciarlo bajo inistencia, ya que -según me informaron- la ANSES rechaza desde el inicio, o mejor dicho no recibe el expediente.
Ahora bien, tengo varias dudas:
1) Quisiera saber si con la nota de rechazo de la ANSES ya se puede interponer revisión ante la CARSS.
2) Es más conveniente iniciar el Amparo y
3)Solo hay que pagar la primera cuota de la moratoria de autónomos o es conveniente que la pensionada vaya pagando las cuotas siguientes del plan?
4) Tienen alguna otra resolución de la CARSS o de Seguridad Social.
Muchisimas gracias por la información.
Tengo que inciar una jubilación de una mujer que tiene beneficio de pensión. Cobra el haber mínimo y no puede pagar toda la deuda al contado.
La idea es iniciarlo bajo inistencia, ya que -según me informaron- la ANSES rechaza desde el inicio, o mejor dicho no recibe el expediente.
Ahora bien, tengo varias dudas:
1) Quisiera saber si con la nota de rechazo de la ANSES ya se puede interponer revisión ante la CARSS.
2) Es más conveniente iniciar el Amparo y
3)Solo hay que pagar la primera cuota de la moratoria de autónomos o es conveniente que la pensionada vaya pagando las cuotas siguientes del plan?
4) Tienen alguna otra resolución de la CARSS o de Seguridad Social.
Muchisimas gracias por la información.
