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 #521460  por Black Bird
 
Buenas, aca habia un post parecido pero no aclara sobre el tema que me interesa.

El asunto es el siguiente, un trabajador extranjero con cedula de su país, sin residencia de ningun tipo, trabajo dos años en negro, y ahora le niegan tareas (al menos eso dice, y le creo :P ).
Lo que me interesa saber es hasta donde van los derechos de este hombre.
Segun la ley 25871 este tipo tiene prohibido el trabajo, pero la misma ley sostiene que su aplicacion "no eximirá al empleador o dador de trabajo del cumplimiento de las obligaciones emergentes de la legislación laboral respecto del extranjero, cualquiera sea su condición migratoria; asimismo, en ningún modo se afectarán los derechos adquiridos por los extranjeros, como consecuencia de los trabajos ya realizados, cualquiera sea su condición migratoria."
Ahora bien, las multas por no registración, falta de aportes, libreta de fondo de desempleo, etc. etc. pueden reclamarse??
Digo porque el empleador en este caso estaba imposibilitado a blanquear en virtud de la falta de regularizacion a cargo del empleado, o sea sin dni, sin cuil no podia realizar ninguna de esas regularizaciones.
¿Eso lo exime de las multas ley de empleo, ley 25323, ley 22250, etc, etc? ¿debia intimar al trabajador a pedir la ciudadania?

O sea, ¿Puedo reclamar todo lo que sea multas o solo puedo reclamar haberes adeudados, diferencias salariales, francos compensatorios e indemnización 245 LCT?

Tengo que armarlo rapido, asi que agradezco respuestas, obviamente si no recibo as mismas, reclamo todo, :lol:
 #521510  por bogatavo
 
Hola, tal como dice la ley 25871 los empleadores no pueden considerarse eximidos de las obligaciones registrales y documentales a su cargo por ser un trabajador extranjero ilegal. Porque más alla de su condición migratoria el trabajo en relación de dependencia de un extranjero se encuentra especialmente tutelado no solo por normas que garantizan la percepción de créditos salariales sino por todas las restantes del ordenamiento laboral (art. 40 y 42 LCT).
Tanto las normas de la LCT como las de la LNE son de carácter imperativo que protegen al trabajador, la ley 25871 tiene la finalidad de evitar que los empleadores contraten extranjeros ilegales con el fin de sustraerse a las normas que te digo. Una interpretación distinta, llevaría al empleador a sustraerse de las normas laborales imperativas por el solo hecho de que el trabajador no reune los requisitos de estar en condiciones de estar inscripto.
Espero te sirva, saludos
 #522555  por Black Bird
 
gracias bogatavo encontre jurisprudencia en esos términos, pero, si bien dentro de ese concepto teoricamente entran las multas de ley de empleo y demas, no encuentro especial referencia sobre ellas y la duda mas que nada es debido a que una intimacion por "blanqueo" me parece que seria solicitar el cumplimiento de una obligacion imposible debido a la falta de documentacion del acreedor de esa obligacion, eso me suena contradictorio y me complica la redacción del telegrama, pero bueno, sigo el tramite usual e intimo al blanqueo.
saludos y gracias nuevamente. :D