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  • Curatela o poder!?

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #524490  por rosanaaffi
 
Estimados colegas:

Les cuento el caso a ver que me recomiendan, es el tema de un Sr. el cual es discapacitado mental (esquizofrenico), esta internado en un lugar especial para tales casos, ahora el se encuentra cobrando del Instituto de Prevision social de la Prov. Bs As, una pensión, que la que estaba cobrando su madre por ser apoderada. El problema ahora se plantea porque la madre de este Sr. una persona ya muy mayor no puede ir mas a cobrar la misma por encontrarse ella tambien imposiblilitada, bueno por este motivo la madre le otorga a su otra hija un poder especial para poder percibir la misma en su nombre y representación, esta ultima se presento en el banco con el poder a cobrar y durante 3 meses no tuvo ningun inconveniente, pero al siguiente mes cuando fue a cobrar le dijieron que no podia cobrar con poder porque, lo que tenia que hacer era la curatela del hermano! Alguien podría orientarme si es esto asi? Porque y cuales son los fundamentos por los cuales pudo cobrar un par de meses y despues tiene que hacer la curatela? Espero opiniones, muchas gracias!! Rosana.
 #524543  por rosanaaffi
 
Perdón, y ante todo buenas tardes!!! Lo invitó estimado colega a que revise las consultas anteriores, asi como también la fecha en la cual me inscribi al portal, y podrá corroborar que soy abogada, no entiendo su ironia, puede que la consulta le resulte algo obvia, pero no tengo mucha experiencia y por el momento muchas dudas. Sdos. Rosana.