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 #524671  por fugitiva
 
Buenas noches:

A ver que les parece: Envío una carta documento a la sede social de unaSRL
La Carta es recepcionada por alguien del domicilio- no sé quieN Es, es decir, si es empleado, amigo o qu{e de los representantes de la sociedad que viven alli.-
Ya en juicio, acompaño con la demanda la copia de la carta documento y su correspondiente acuse de recibo.-
Los representantes de la sociedad niegan recepcion de la misma, aparte de decir que no acompañé el acuse de recibo- cosa que es mentira pues está en el expediente.-

1.- La sociedad está notificada? Entiendo que si desde que se considerarán válidas todas las notificaciones enviadas al domicilio social.-

2.- Qué importancia probatoria tiene la negativa de la recepción de la misma?

Saludos! Y Gracias
 #525108  por ricardito21
 
Creo que la sociedad SI está notificada, dado que el despacho fue dirigido a su sede social. Negar la recepción -cuando existe y ha sido agregada la constancia en el expediente judicial- no le veo utilidad para tu contraparte. Debería alegar y PROBAR la falsedad de la notificación, para que su negativa tenga efecto procesal útil.