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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #525176  por doctorgauna
 
Hola colegas, me fijaron audiencia para seclo x accidente de trabajo. Es la primera a la que asisto, voy x el trabajador. Por lo que me dijeron algunos colegas, no suelen ofrecer nada las ART. Sin embargo, a mi cliente, la Junta Médica le dio un 5% de ILP y la ART puso a disposición de mi cliente, a través de un telegrama, el dinero correspondiente a ese porcentaje. Pienso yo que también lo ofrecerán en la audiencia. ¿Qué hago? Le digo a mi cliente que acepte? Si el trabajador lo acepta, ¿puedo hacer la demanda después?

Muchas gracias!
 #525293  por dhabogada
 
Y el ofrecimiento que hicieron via TCL es correcto?? No entiendo porque querés hacer la demanda después, si acepta, acepta y todo finish...
 #525349  por LauraS
 
No se de que ART se trate, pero hoy por hoy es imprescindible, para que te hagan ofrecimiento, haber iniciado por ante Comisiones Medicas (Salvo algun que otro contado caso, como La Caja).
Si el ofrecimiento es bueno en SECLO y tu cliente esta conforme con el monto, que acepte, y fijas Aud de Pago a un mes. Slds
 #525452  por doctorgauna
 
el ofrecimiento es acorde al % de incapacidad dictaminada por la Comisión. el tema es que quiero iniciar la demanda x inconstitucionalidad de la lrt. para eso voy al seclo, para cerrarlo y poder iniciar la demanda. mi duda es: si mi cliente acepta ese dinero, puede después reclamar en sede judicial la reparación integral?

Muchas gracias!
 #525794  por LauraS
 
No. Si acordas en SECLO necesariamente vas a tener que desistir del planteo de inconstitucionalidad y de todo reclamo posterior emergente del que le da origen al inicio del SECLO, porque asi te lo va a pedir la ART y ademas, el acuerdo no lo va a homologar el asesor si no te expedis acerca del resto de los rubros reclamados.
Te van a hacer seguramente incluir la clausula que "una vez percibido el iporte total mencionada, nada mas tendra el reclamante que reclamar por ningun concepto que haya dado origen al presnete reclamo". Eso te cierra las vias judiciales a futuro y ademas es un instrumento que hace a la seguridad juridica de la ART. Saludos y mucha suerte!
 #525898  por doctorgauna
 
Gracias, Dra!

Te comento que fui a la audiencia. Asistieron la empleadora y Provincia ART. No ofrecieron nada, se cerró automáticamente, así que quedó abierta la via judicial.
 #526231  por "doctoraZA"
 
jaja, si lo que pasa es que provincia ART nunca ofrece nada!!!yo tengo una con berkley alguien la conoce? pero =voy a cerrar porque en el intercambio me negaron el siniestro ( una rotura de meniscos) alegan que es inculpable yo me agarro del incto al deber de seguridad ( trabajaba de metalurgico sin seguridad, ropa elementos para soportar grandes piezas metalicas motores etc) veremos que pasa despues les cuento saludos.-
 #526252  por LauraS
 
Mira, yo he arreglado con Berkley. La cosa es si iniciaste por accidente de trabajo o por enfermedad, porque generalmente las enfermedades no las concilian y respecto de los accidentes le dan otro tratamiento.
Provincia SIEMPRE fue dificil. Son contadas las veces que concilian, y tal como decis, ultimamente estan cerrando en 1ra audiencia, ni siquiera te dan turno de revisacion medica...un saludo!
 #526260  por "doctoraZA"
 
ah, bueno quiere decir entonces que tengo esperanzas con Berkley!!! gracias Laura, lo que no entendi bien es eso de que a los accidentes les dan otro tratamiento?? a parte lo mismo me dijo la letrada de la patronal ( obviamente me avivo porque le conviene que concilie con la Art) chan despues te cuento como me fue!! :D
 #526344  por LauraS
 
Quise decir que cuando son enfermedades generalmente se cinen a la nomina contemplada en la Ley, con lo cual, si la patologia que vos alegas no esta contemplada, directamente cierran, ni te dan revisacion medica, y especulan con el tiempo de iniciacion de demanda por inconstitucionalidad de la ley.
En cambio, en temas de accidentes (salvo que no esten denunciados) POR LO GENERAL son mas flexibles y te dan revisacion medica... Despues habra o no habra ofrecimiento, dependiendo logicamente de cada caso.
Espero que te vaya muy bien!! Slds!
 #526395  por agentil
 
Laura, no entiendo poruqe decis que no se puede ir por la inconstitucionalidad de la LRT contra el empleador por la reparación integral. No entraría en juego el principio de irrenunciabilidad del trabajador? cobras lo que te dan en el seclo y vas por la diferencia...lo he escuchado varias veces que lo hacen así... Saludos!!
 #526566  por amg
 
Hay algo que no entiendo, si el objetivo es reclamar reparación integral con pedido de inconstitucionalidad de LRT, llamar a la ART al Seclo no resulta contradictorio, digo porque la ART nace como consecuencia de la ley cuyo inconstitucionalidad se persigue
 #526571  por agentil
 
amg el tema es que estas obligado a ir al seclo para luego ir a la via judicial, pero se puede agarrar lo que te den en el seclo la ART e ir a la justicia por reparación integral contra el empleador descontando lo que ya pago la ART. se entiende? saludos
 #526572  por amg
 
Yo creo que si citas al SECLO a la ART y al empleador el ofrecimiento que te hagan sera contra acuerdo de no efectuar más reclamo a ninguna de las dos.
 #527630  por LauraS
 
Exacto amg. Vos interpretaste lo que quise explicar.
Al SECLO se ingresa justamente porque planteas la inconstitucionalidad de la ley. Si no la planteas, el SECLO no es autoridad competente.
Ahora, si concilias en SECLO porque la ART efectua un ofrecimiento razonable, logicamente la ART te va a pedir que desistas del planteo de la inconstitucionalidad de la Ley, y asimismo, es un requisito casi sine quanon para que el asesor del SECLO te homologue el acuerdo.-
Lo que se trata al acordar en SECLO es dar certeza juridica a las partes de que el conflicto planteado esta finiquitado... De nada serviria que quedara abierta la via judicial para plantear la inconstitucionalidad de la Ley de ART... Recuerden que la homologacion equivale a Sentencia Judicial ... Saludos y mucha suerte!