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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #525833  por DrPrimeriso
 
Este convenio celebrado en 1990, en un principio aplicable a los jubilados por ley 18.037 y posteriormente a los de la ley 24.241, tiene una cláusula en la cual las entidades gremiales involucradas se comprometen a fomentar el desistimiento de reclamos administrativos o judiciales de sus afiliados...
Mas allá de esta cláusula que no pasa de un compromiso de la entidad que en nada obstaculizaría al afiliado en que inicie acciones, ¿alguien tiene conocimiento si existe algo firmado a posteriori entre el sindicato y el afiliado con respecto a este tema? , o en su caso ¿en que se vería afectado el afiliado que no obedece esta cláusula e inicia acciones para obtener un porcentaje mayor de movilidad jubilatoria?