Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • CONTRATO DE MAQUILA

  • Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #525527  por milvatheone
 
Hola a todos!!!
ojala puedan ayudarme.. Necesito entender lo q significa en el art. 1 de la ley 25113, última parte cuando dice: "En ningún caso esta relación constituirá actividad o hecho económico imponible"
Muchas gracias!!
 #525563  por Hlws
 
milvatheone escribió:Hola a todos!!!
ojala puedan ayudarme.. Necesito entender lo q significa en el art. 1 de la ley 25113, última parte cuando dice: "En ningún caso esta relación constituirá actividad o hecho económico imponible"
Muchas gracias!!
Esto es un Portal de Abogados, su duda preguntela en clase. En ese caso solo Ghersi sabe lo que el quiso decir, siempre me pregunte porque no esta como titular en Derechos Reales o Familia y Sucesiones. Sera porque ahi no tiene que inventar conceptos? La economia la vincula sin sentido por cuanta figura le viene a la mente. Pobre tipo.
 #525572  por cdiriarte
 
El contrato de maquila se utiliza mucho con la caña de azúcar como materia prima que los productores entregan al industrial (ingenio) para que éste transforme ésa materia prima en producto comercializable. Ésa relación entre el productor y el industrial se encuentra exenta del pago de impuestos debido a que no se la considera actividad económica imponible por disposición legal, el producto final, obviamente no está exento y sobre el mismo participan productor e industrial en sus respectivas proporciones. Suerte.
 #526744  por milvatheone
 
Muchas gracias por la onda!!!
Me ayudó muchisimo tu respuesta. Estaba un poco confundida por la interpretación de otro integrante del foro acerca del mismo tema.