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  • JUBILADA CON MORATORIA ¿ PUEDE PEDIR PENSIí“N CON MORATORIA?

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #52284  por MARIMO
 
Por favor, necesito consultar sobre lo siguiente:

Una señora tiene un beneficio de jubilación de ama de casa, por el cual está pagando moratoria.
Ahora necesita tramitar la pensión por su esposo autónomo para lo que necesita comprar años.
¿puede comprar con moratoria, o tiene que pagar de contado para pensionarse?

Muchas gracias por su ayuda.

 #52295  por Yaneth
 
Si falleció antes del 24/10/2006, no hay inconveniente.
Si fue posterior debe pagar la deuda de contado.

 #52297  por MARIMO
 
Muchs gracias por tu respuesta Yaneth.
Falleció en 1992.


saludos

 #52299  por dsncorp
 
La incompatibilidad es jubilacion - pension no pension- jubilacion. Si desea hacer una pension hay que ver el tema de la regularidad en el aporte y si es con y sin derecho.

 #52301  por MARIMO
 
Les cuento que es un autónomo fallecido en 2/1992 y tiene aportes
del 8/80 al 5/81 solamente 10 meses.

muchas gracias

 #52400  por cristiancordoba
 
tira mas datos, fecha de nacimiento, fecha de fallecimiento, de incripcion en autonomos, etc

 #52403  por MARIMO
 
Hola Cristiancordoba:
te cuento
F.Nac: 9/10/29
F fallec: 6/2/92
tiene telex autónomos:
f inicio: 1/66 cod act 203
fecha cese 00/00

pagos 8/80 al 5/81 o sea 10 meses pagos

no tiene nada más

Muchas gracias por tu atenciòn
saludos

 #52662  por MARIMO
 
Hola a todos.
Los molesto nuevamente sobre este tema porque no se como seguir adelante.

Lo que entendí hasta ahora:
por la fecha de fallecimiento 2/1992, teniendo pagos unicamente del 8/80 al 5/81 que son 10 meses, sería irregular sin derecho. Tendría que comprar 30 años.
Correspondería por la fecha de fallecimiento liquidar por ley 18038 y hacer moratoria ley 24476.
También tengo entendido que por ser ley 18038 podría hacer la moratoria, pagar 1 año de contado y prescribir el resto.
No sé si es así, o estoy equivocada.
En el telex de autónomos tiene fecha de inicio 1/66.
No sé como seguir, ni como tengo que hacer el Sicam.

Por favor. Si alguien puede ayudarme le estaría muy agradecida.
saludos

 #52699  por ariel648
 
MARIMO escribió:Hola a todos.
Los molesto nuevamente sobre este tema porque no se como seguir adelante.

Lo que entendí hasta ahora:
por la fecha de fallecimiento 2/1992, teniendo pagos unicamente del 8/80 al 5/81 que son 10 meses, sería irregular sin derecho. Tendría que comprar 30 años.
Correspondería por la fecha de fallecimiento liquidar por ley 18038 y hacer moratoria ley 24476.
También tengo entendido que por ser ley 18038 podría hacer la moratoria, pagar 1 año de contado y prescribir el resto.
No sé si es así, o estoy equivocada.
En el telex de autónomos tiene fecha de inicio 1/66.
No sé como seguir, ni como tengo que hacer el Sicam.

Por favor. Si alguien puede ayudarme le estaría muy agradecida.
saludos
Me sumo a la consulta para preguntar este caso sra jubilada por moratoria el 24/01/2007, esposo inicia tràmite de jubilaciòn por moratoria el 31/08/2007 y fallece el 04/09/2007, el expedienteestaba en codigo 15 y ahora esta en còdigo 80. En este caso le corresponderà tramitar la pensiòn?

 #52729  por maria soledad
 
Yaneth escribió:Si falleció antes del 24/10/2006, no hay inconveniente.
Si fue posterior debe pagar la deuda de contado.
por lo que tengo entendido si hubiera fallecido despues de esa fecha la viuda jubilada tambien puede tramitar la pension con moratoria porque interesa la fecha de inscipcion en autonomo anterior al fallec. y si reune los 30 años antes de 9/93 ... es mi postura correcta? ...me corrigen si estoy equivocada ...gracias a todos

 #52829  por rachelcba
 
ariel648 escribió:
MARIMO escribió:Hola a todos.
Los molesto nuevamente sobre este tema porque no se como seguir adelante.

Lo que entendí hasta ahora:
por la fecha de fallecimiento 2/1992, teniendo pagos unicamente del 8/80 al 5/81 que son 10 meses, sería irregular sin derecho. Tendría que comprar 30 años.
Correspondería por la fecha de fallecimiento liquidar por ley 18038 y hacer moratoria ley 24476.
También tengo entendido que por ser ley 18038 podría hacer la moratoria, pagar 1 año de contado y prescribir el resto.
No sé si es así, o estoy equivocada.
En el telex de autónomos tiene fecha de inicio 1/66.
No sé como seguir, ni como tengo que hacer el Sicam.

Por favor. Si alguien puede ayudarme le estaría muy agradecida.
saludos
Me sumo a la consulta para preguntar este caso sra jubilada por moratoria el 24/01/2007, esposo inicia tràmite de jubilaciòn por moratoria el 31/08/2007 y fallece el 04/09/2007, el expedienteestaba en codigo 15 y ahora esta en còdigo 80. En este caso le corresponderà tramitar la pensiòn?
Hola Ariel: también soy de Córdoba. Para mi entender tu cliente tendría derecho a la pensión una vez que salga resuelto favorable el trámite de jubil del marido, sería una derivada. Tendrías que hacer el ADP para la pensión y luego el trámite por internet. Esperá otras opiniones por las dudas. Suerte !!!