Gracias por leerme y los eventuales comentarios
Tengo dos casos, un personal domestico y un personal agrario, ambos en prov. De Bs.As., y ambos en “negro”
La pregunta que no puedo contestarme es: ¿la ley 24013 es aplicable a los dos?
Si bien el decreto reglamentario 2.725/91 “Blanqueo Laboral” especifica que la ley se refiere a los comprendidos en la 24074, también dice que es aplicable al articulo 12 de la 24.013, pero este articulo indica como se eximen de pagar los empleadores que “blanqueen” en un determinado tiempo, etc.
Si pueden eximirse de pagar multas, es por contrario que pueden llegar a pagarlas, o sea aplicables los art. 8; 9 o 10.
Parecido con personal domestico: la ley no puede ser desvirtuada con un decreto reglamentario (ya se no se rían), por lo que podría alegar el articulo 7 de la ley 24013 inciso a)
Por ultimo: si en la demanda lo reclamo, ¿se me puede acusar de temerario?
Desde ya muchas gracias por cualquier comentario
Tengo dos casos, un personal domestico y un personal agrario, ambos en prov. De Bs.As., y ambos en “negro”
La pregunta que no puedo contestarme es: ¿la ley 24013 es aplicable a los dos?
Si bien el decreto reglamentario 2.725/91 “Blanqueo Laboral” especifica que la ley se refiere a los comprendidos en la 24074, también dice que es aplicable al articulo 12 de la 24.013, pero este articulo indica como se eximen de pagar los empleadores que “blanqueen” en un determinado tiempo, etc.
Si pueden eximirse de pagar multas, es por contrario que pueden llegar a pagarlas, o sea aplicables los art. 8; 9 o 10.
Parecido con personal domestico: la ley no puede ser desvirtuada con un decreto reglamentario (ya se no se rían), por lo que podría alegar el articulo 7 de la ley 24013 inciso a)
Por ultimo: si en la demanda lo reclamo, ¿se me puede acusar de temerario?
Desde ya muchas gracias por cualquier comentario
