Hola colegas.
LLega a mí una Sra. que inició los reclamos con intercambio epistolar y el último telegrama tiene fecha 24-10-2007.
Aplicando el art. 3986 2da parte del código civil, se suspende el curso de la prescripción por un año. Todo lo cual indica que
debió continuar su curso en 24-10-2008, y como el reclamo se hizo con un mes de demora intuyo que la prescripción se haría efectiva
el 24-10-2010.-
Qué opinan colegas?
Saludos cordiales.-
LLega a mí una Sra. que inició los reclamos con intercambio epistolar y el último telegrama tiene fecha 24-10-2007.
Aplicando el art. 3986 2da parte del código civil, se suspende el curso de la prescripción por un año. Todo lo cual indica que
debió continuar su curso en 24-10-2008, y como el reclamo se hizo con un mes de demora intuyo que la prescripción se haría efectiva
el 24-10-2010.-
Qué opinan colegas?
Saludos cordiales.-
