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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #52838  por pety
 
hola!!!! es mi primer demanda laboral y la verdad en el momento que me puse a hacer la liquidacion me surgio la siguiente duda. la señora trabajaba en un locutorio y le pagaban 20 pesos por dia, yo hice el reclamo por diferencia de haberes y demas. la cuestion es que lo ultimo fue considerarla despedida. mi pregunta es la siguiente la indemnizacion del 245 es por 600 pesos "que es la mejor remuneracion percibida" o la debo hacer por el sueldo de convenio que es 1096, vendedora B. si sigo la misma linea creo que lo debo hacer por 600, pero no seria justo. por favor me ayudan ustedes que tienen experiencia, que es lo que prospera. por que economicamente es practicamente esl doble... gracias :roll:

 #52884  por Sailaw
 
La liquidación se debe hacer al salario de convenio. Pero no reclamaste antes Ley de empleo?

 #52902  por Drodriguez
 
En realidad debés hacer la liquidación por $600, ya que esta fue la remuneración efectivamente percibida, la suma de convenio nunca la percibió, es por ello que no corresponde.-
Además en el TCL enviado vos manifestaste que percibía $600, no podés cambiar este monto

 #52921  por Ishtar
 
Hola, coincido con Sailaw, se toma el salario de convenio, no los 600 a mi criterio.

 #52926  por DAL
 
Igual que SAil e Ishtar, debés tomar el salario de convenio.
De lo contrario el calculo es así, es más rebuscado y el resultado el mismo:

Salarios adeudados: tal ta y tal a $600
Antiguedad: tanto a $600
Preaviso: tanto a $600
etc.

Luego reclamas diferencias salariales:

Por los salarios de los ultimos dos años, la diferencia entre el salario de convenio y los $600
Por los SAC y vacaciones
Diferencias salariales por antiguedad: la diferencia entre calcular la indemnización a 600 y al salario de convenio
Dif. sal. por preaviso, etc etc.

Como verás se llega por dos caminos a lo mismo.

Este tema de las diferencias conviene plantearlas como diferencias sobre indemnizaciones y demás rubros cuando ya percibió indemnizaciones pero mal calculadas. Es decir si le hubieran pagado la antiguedad sobre 600, reclamas todo por diferencias.

Si no se la pagaron y se la deben, es mejor acortar el calculo y considerar directamente el salario de convenio.

Saludos!!!

 #52937  por Sailaw
 
Genia Dal!!!!

 #53047  por pety
 
muchas gracias por sus resuestas despues les cuento como me fue, y si me surge otra duda se las consulto. nuevamente muchas gracias.....