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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #527574  por PICASSO08
 
Buenas Tardes y desde ya gracias.-
Tengo un par de dudas docentes a saber:
SIEMPRE HABLO DE APORTES HECHOS EN ANSES y EN ESCUELAS DE CAPITAL FEDERAL
1) Si el docente tiene mas de 10 años aportados con el caracter de docente, frente a Alumnos, ya lo puedo jubilar con ese regimen....? En caso de respuesta afirmativa, necesito 25 o 30 años de aportes en total.-
2) Cuales son cargos que se computan como Docente aunque no hayan sido frente alumnos, cual es la reglamentacion vigente....?
3) Para el Sicam y el computo con el cual llego a los años que me hagan falta , puedo aplicar art 19 y art 3.....?
4) Las Udai en genral (en especial capital, donde mas me manejo), lo tienen claro esto o hay que ir mas o menos preparado para fundamntar nuestras pretenciones

REGIMEN ANSES y APORTES EN IPS

5) Una mujer que se jubila por regimen comun y solo trabajo de docente 3 meses en el año 2005 en una escuela Privada de Provincia y ahora se jubila por ANSES con moratoria y relacion de trabajo no docente, puede renunciar a ese periodo de alguna manera por mas que este dentro de los ultimos 10 años, o tiene que esperar 2 años que es lo que tarda un reco en provincia por esos 3 meses, para peor el colegio cerro con lo cual tengo que ir a la inspectora de la zona.-Lamentablemente en SIJIP sale el trabajo pero con todos los item en 0. y el cuit del colegio

Mas alla de la 25321, (trabajo autonomo) hay forma de renunciar periodos en relacion de dependencia....?

Mil gracias
 #527654  por inesla
 
PICASSO08 escribió:Buenas Tardes y desde ya gracias.-
Tengo un par de dudas docentes a saber:
SIEMPRE HABLO DE APORTES HECHOS EN ANSES y EN ESCUELAS DE CAPITAL FEDERAL
1) Si el docente tiene mas de 10 años aportados con el caracter de docente, frente a Alumnos, ya lo puedo jubilar con ese regimen....? En caso de respuesta afirmativa, necesito 25 o 30 años de aportes en total.- [/color]SI, ES UN PRORRATEO SI TENÉS SERVICIOS COMUNES, LOS DOCENTES REQUIEREN 25 AÑOS Y LOS COMUNES 30.
2) Cuales son cargos que se computan como Docente aunque no hayan sido frente alumnos, cual es la reglamentacion vigente....? tODOS LOS DESEMPEÑADOS EN ESCUELAS, DIRECTORA, SECRETARIA ETC, PERO C/10 CÓMO MÍNIMO AL FRENTE DE ALUMNOS. nO BIBLIOTECARIAS.
3) Para el Sicam y el computo con el cual llego a los años que me hagan falta , puedo aplicar art 19 y art 3.....? SIEMPRE Y CUANDO LA EDAD DE LA DOCENTE TE LO PERMITA. EL 19 ES COMPENSACIÓN??? EN MI OPINIÓN NINGÚN DIFERENCIAL ADMITE LA COMPENSACIÓN,
4) Las Udai en genral (en especial capital, donde mas me manejo), lo tienen claro esto o hay que ir mas o menos preparado para fundamntar nuestras pretenciones. EN GRAL SI.

REGIMEN ANSES y APORTES EN IPS

5) Una mujer que se jubila por regimen comun y solo trabajo de docente 3 meses en el año 2005 en una escuela Privada de Provincia y ahora se jubila por ANSES con moratoria y relacion de trabajo no docente, puede renunciar a ese periodo de alguna manera por mas que este dentro de los ultimos 10 años, o tiene que esperar 2 años que es lo que tarda un reco en provincia por esos 3 meses, para peor el colegio cerro con lo cual tengo que ir a la inspectora de la zona.-Lamentablemente en SIJIP sale el trabajo pero con todos los item en 0. y el cuit del colegio

Mas alla de la 25321, (trabajo autonomo) hay forma de renunciar periodos en relacion de dependencia....?
NO, SI FIGURAN EN SIJP PODÉS ADUCIR QUE NO SON DE TU CLIENTE, PERO SI LOS VERIFICAN... TE VEO MAL, SDS
Mil gracias
 #528900  por periquita
 
inesla escribió:
PICASSO08 escribió:Buenas Tardes y desde ya gracias.-
Tengo un par de dudas docentes a saber:
SIEMPRE HABLO DE APORTES HECHOS EN ANSES y EN ESCUELAS DE CAPITAL FEDERAL
1) Si el docente tiene mas de 10 años aportados con el caracter de docente, frente a Alumnos, ya lo puedo jubilar con ese regimen....? En caso de respuesta afirmativa, necesito 25 o 30 años de aportes en total.- [/color]SI, ES UN PRORRATEO SI TENÉS SERVICIOS COMUNES, LOS DOCENTES REQUIEREN 25 AÑOS Y LOS COMUNES 30.
Coincido
2) Cuales son cargos que se computan como Docente aunque no hayan sido frente alumnos, cual es la reglamentacion vigente....? tODOS LOS DESEMPEÑADOS EN ESCUELAS, DIRECTORA, SECRETARIA ETC, PERO C/10 CÓMO MÍNIMO AL FRENTE DE ALUMNOS. nO BIBLIOTECARIAS. Tengo entendido que también los bibliotecarios, todos los que están en el Estatuto del docente
3) Para el Sicam y el computo con el cual llego a los años que me hagan falta , puedo aplicar art 19 y art 3.....? SIEMPRE Y CUANDO LA EDAD DE LA DOCENTE TE LO PERMITA. EL 19 ES COMPENSACIÓN??? EN MI OPINIÓN NINGÚN DIFERENCIAL ADMITE LA COMPENSACIÓN, El principio general es ese, pero a los docentes se les permite utilizarlo luego del prorrateo.

Picasso ya te dí mi opinión aprovechando las respuestas de Inesla a quien agradezco por haber usado de base su contestación
4) Las Udai en genral (en especial capital, donde mas me manejo), lo tienen claro esto o hay que ir mas o menos preparado para fundamntar nuestras pretenciones. EN GRAL SI. Coincido

REGIMEN ANSES y APORTES EN IPS

5) Una mujer que se jubila por regimen comun y solo trabajo de docente 3 meses en el año 2005 en una escuela Privada de Provincia y ahora se jubila por ANSES con moratoria y relacion de trabajo no docente, puede renunciar a ese periodo de alguna manera por mas que este dentro de los ultimos 10 años, o tiene que esperar 2 años que es lo que tarda un reco en provincia por esos 3 meses, para peor el colegio cerro con lo cual tengo que ir a la inspectora de la zona.-Lamentablemente en SIJIP sale el trabajo pero con todos los item en 0. y el cuit del colegio

Mas alla de la 25321, (trabajo autonomo) hay forma de renunciar periodos en relacion de dependencia....?
NO, SI FIGURAN EN SIJP PODÉS ADUCIR QUE NO SON DE TU CLIENTE, PERO SI LOS VERIFICAN... TE VEO MAL, SDS
Coincido. se podría si no fueran de los últimos años. Mil gracias
Picasso ya te dí la opinión que me pediste, aprovechando las respuestas de Inesla a quien agradezco por haber podido usar de base su contestación.
Saludos
 #529039  por inesla
 
hola, Periquita ojo que según la udai no computan el exceso de edad, cómo siempre el criterio no es uniforme y si piden la opinión de trámites complejos, dicen no, sds
 #529213  por periquita
 
inesla escribió:hola, Periquita ojo que según la udai no computan el exceso de edad, cómo siempre el criterio no es uniforme y si piden la opinión de trámites complejos, dicen no, sds
¿Estás segura que ahora (no antes, pues es un tema que se modificó) trámite complejos dice que no?
Yo entiendo que dicen que sí.
Pero como vos decis el criteio no es uniforme.
Saludos