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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #529996  por Lynn Marchmontt
 
Cdo en un despacho se ordena la notificación personal (en este caso a los testigos) basta con la sola mención en la cédula de notificacion o hay que realizar algun otro trámite??
 #531388  por Lorraine
 
LYNN CUANDO TE DICE ASI (SI BIEN NO SE BIEN COMO VIENE EL DESPACHO NI A QUE SE REFIERE) SOLO TE PUEDO DECIR QUE NO NECESITAS HACER CEDULA. O SEA, CON IR AL JUZGADO Y DEJAR ASENTADO EN EL EXPTE O POR MEDIO DE ESCRITO QUE SE NOTIFICARON ES SUFICIENTE. TE ACONSEJO PARA TU EGURIDAD QUE LEAS ART. 133 EN ADELANTE DEL CPCCN ESPECIFICAMENTE EL 135. SUERTEª!!!