Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • alimentos a hijos, hasta que edad?

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #530035  por dddd
 
Estimados colegas:
Buenos días, quisiera hacerles una pregunta, bastante básica por cierto, pero de Derecho de familia no tengo la menor idea.
Hasta que edad se le deben alimentos a los hijos? Con la reforma de la mayoría de edad, hay algún tipo de cambio?
Muchas gracias.
Saludos.
 #530043  por Natiprin
 
Hasta los 21 años de edad salvo que los mismos continuen sus estudios en la universidad se puede pedir alimentos hasta los 25 años, acreditanto ello con la jurisprudencia respectiva y cerfificado de estudios.

Alguien que me corrija?
 #531225  por antihique
 
Con la reforma es hasta los 18

Ley 26579


ARTICULO 3º — Agrégase como segundo párrafo del artículo 265 del Título III, Sección Segunda del Libro I del Código Civil, el siguiente:

‘La obligación de los padres de prestar alimentos a sus hijos, con el alcance establecido en artículo 267, se extiende hasta la edad de veintiún años, salvo que el hijo mayor de edad o el padre, en su caso, acrediten que cuenta con recursos suficientes para proveérselos por sí mismo.’
 #531290  por federic0
 
antihique escribió:Con la reforma es hasta los 18
Ley 26579
ARTICULO 3º — Agrégase como segundo párrafo del artículo 265 del Título III, Sección Segunda del Libro I del Código Civil, el siguiente:
‘La obligación de los padres de prestar alimentos a sus hijos, con el alcance establecido en artículo 267, se extiende hasta la edad de veintiún años, salvo que el hijo mayor de edad o el padre, en su caso, acrediten que cuenta con recursos suficientes para proveérselos por sí mismo.’
El artículo que transcribiste establece como regla general que se deben hasta los 21 años, y como excepción hasta los 18 en caso de encontrarse en condiciones de proveérselos el mismo.
 #531869  por antihique
 
Eso depende de a quien defienda si mi cliente es el alimentante defiendo los 18 y si es el alimentado defiendo los 21.Lo que no se discute son los 18
 #531873  por wla123
 
ojo colegas, con la reforma, ya son mayores a los 18, pero estudien o no, los padres deben pasarles alimentos, salvo que el padre pueda demostrar que se mantiene solito. la prueba queda a cargo del padre, sino, hasta los 21. saludos desde villa gral. belgrano, cordoba