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  • Ley 25.865 y 24.476

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #527311  por corazon
 
Buenas. Armé un sicam, donde renunciando y prescribiendo, más rd, alcanza para que mi cliente se jubile, Para ello realicé varias liquidaciones, para sacar intereses que ya están pagos. Ahora bien,quise liquidar, y me sale un llamado.... sr contribuyente, usted ha realizado un calculo de reformulación de un plan ley 25865 para ingresar a un plan ley 24476 del cual no se registra cancelación. Si realizó el pago elija la opción NO y reingrese en dias siguientes. Si elige la opción SI se borrara la reformulación de la ley 25.865 liquidada oportunamente.
Ingrese a ese plan y lo realizó en el 07/2004. Impuesto 374, Situación vigente Ley 25-865, debe $6.100. impago, a cuenta 0, Y en detalle de pago abonados 16 meses de un plan de 60 cuotas.Se hacia en efectivo y debito automático.
Mi duda es, donde ingreso para saber la situación de revista de ese plan?.En detalle de deuda regularizada sale desde 03/2000 al 11/2003. que son los periodos que más o menos coinciden con los que renuncié anteriormente liquidando la 24.476.
Que hago, con el cuadro que me sale,acepto o no.Que se hace?. O mi cliente tiene que pedir la baja. *leo*
 #527411  por MARIO1943
 
SI TE DIRIGIS AL AFIP Y CON FORMULARIO MULTINOTA REALIZA LA BAJA DEL PLAN POENELE QUE LO HACES AL SOLO EFECTO DE HACER UNA MORATORIA POR LA 24476 A EFECTOS DE OBTENER LA JUBILACION , HAY AFIP QUE TE PIDEN QUE PAGUES AL CONTADO LA DEUDA DEL PLAN DESPUES DE09/1993 Y OTRAS TE ACEPTAN LA BAJA
 #528257  por corazon
 
Gracias Mario. Consulté en la afip, y me dijeron que por instrucciones, no pueden dar de baja dado que el señor pagó algunas cuotas. Y la cuenta hoy se va a casi $13.000 que tiene que cancelar. El tema es, que no preciso esos años. Me dijeron que consulte en anses....Espero cualquier comentario, dado que hoy dia no permiten entrar sin turno, o sin hacer colade horas.....
 #528351  por inesla
 
corazon escribió:Buenas. Armé un sicam, donde renunciando y prescribiendo, más rd, alcanza para que mi cliente se jubile, Para ello realicé varias liquidaciones, para sacar intereses que ya están pagos. Ahora bien,quise liquidar, y me sale un llamado.... sr contribuyente, usted ha realizado un calculo de reformulación de un plan ley 25865 para ingresar a un plan ley 24476 del cual no se registra cancelación. Si realizó el pago elija la opción NO y reingrese en dias siguientes. Si elige la opción SI se borrara la reformulación de la ley 25.865 liquidada oportunamente.
Ingrese a ese plan y lo realizó en el 07/2004. Impuesto 374, Situación vigente Ley 25-865, debe $6.100. impago, a cuenta 0, Y en detalle de pago abonados 16 meses de un plan de 60 cuotas.Se hacia en efectivo y debito automático.
Mi duda es, donde ingreso para saber la situación de revista de ese plan?.En detalle de deuda regularizada sale desde 03/2000 al 11/2003. que son los periodos que más o menos coinciden con los que renuncié anteriormente liquidando la 24.476. ingresá a planes presentados y ahí clickeá en detalle, ahí si hay pagos surgen, fijate además si el plan está vigente, sds
Que hago, con el cuadro que me sale,acepto o no.Que se hace?. O mi cliente tiene que pedir la baja. *leo*
 #529774  por norma_alfamar
 
corazon escribió:Gracias Mario. Consulté en la afip, y me dijeron que por instrucciones, no pueden dar de baja dado que el señor pagó algunas cuotas. Y la cuenta hoy se va a casi $13.000 que tiene que cancelar. El tema es, que no preciso esos años. Me dijeron que consulte en anses....Espero cualquier comentario, dado que hoy dia no permiten entrar sin turno, o sin hacer colade horas.....
Yo tuve un caso similar, en la AFIP que le correspondía por domicilio me dijeron lo mismo que vos, averigue en la otra AFIP que hay en Mar del Plata y me tomaban la baja, le hice un cambio de domicilio y lo pase a la AFIP que me recibieron la multinota y me dieron la baja.-
Preguntá en alguna otra AFIP a ver que te dicen y por ahí si en alguna te dicen que sí podés hacerle el cambio de domicilio-
Norma
 #530638  por corazon
 
Gracias, Inesla, y Norma. Antes de meter la patota, como funciona en tema del cambio de domicilio, es solo para afip, y luego seguro tendré que hacer nuevo adp en anses?