Hola. Me consulto una pensionada ferroviaria que cobra $ 800 y quiere reajuste de su sueldo. Ella me habla de un art. 406 . Alguien podria ayudarme. Soy Nueva. Muchas gracias. 
carinatello escribió:Hola. Me consulto una pensionada ferroviaria que cobra $ 800 y quiere reajuste de su sueldo. Ella me habla de un art. 406 . Alguien podria ayudarme. Soy Nueva. Muchas gracias.Si. El minimo ferroviario es la Res MTSS 406/89.