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  • Apercibim art 120 cod proc! como sigo????

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #531933  por eliar
 
Conteste demanda en un juicio de filiación sin adjuntar copia, xq pensaba adjuntarla directamente a la cedula del traslado, pero como no sucede usualmente en los trib de flia d prov, me proveyeron a la contestación el mismo dia q presente escrito e intimandome x 24 hs por el art 120 cod proc a presentar copia bajo apercibim de tenerme x no presentado. Como los trib suelen tomarse su tiempo yo no fui a ver expte enseguida y cdo fui ya era tarde, me hicieron efectivo el apercibimiento. Como sigo ahora????? puedo presentar otros escritos igualmente? o pierdo todo derecho de hacerlo? y el der de defensa en juicio del demandado? Agradezco enormemente todo aporte.
 #531973  por amg
 
Te van a tener por no contestado el traslado, igual persiso por perdido yo presentaría un "manifiesta" resumiendo lo que ibas a contestar.
 #532113  por Paris
 
eliar escribió:Conteste demanda en un juicio de filiación sin adjuntar copia, xq pensaba adjuntarla directamente a la cedula del traslado, pero como no sucede usualmente en los trib de flia d prov, me proveyeron a la contestación el mismo dia q presente escrito e intimandome x 24 hs por el art 120 cod proc a presentar copia bajo apercibim de tenerme x no presentado. Como los trib suelen tomarse su tiempo yo no fui a ver expte enseguida y cdo fui ya era tarde, me hicieron efectivo el apercibimiento. Como sigo ahora????? puedo presentar otros escritos igualmente? o pierdo todo derecho de hacerlo? y el der de defensa en juicio del demandado? Agradezco enormemente todo aporte.
Presentá un escrito presentándote, constituyendo domicilio y solicitando el cese del estado de rebeldía si es fuiste declarado rebelde por no haberse tenido presente tu contestación de demanda. Como te dice el colega preopinante podés poner un manifesta donde "pantalleás" los puntos básicos de lo que fue tu contestación de demanda desglosada para que (aunque no la tengan jurídicamente en cuenta) el Tribunal la lea y pueda formar parte de la idea que se hará el Juez al resolver. Y de ahora en más, mi estimado, si el expediente no está en letra, dejá nota. Suerte!!!!