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  • le corresponde jubilacion si esta trabajando??'

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #53006  por silvia222
 
hola chicos, la consulta es bastante concreta: le corresponde la jubilacion a una señora que está trabajando en este momento y lo piensa seguir haciendo o tiene si o si que dejar de trabajar en relacion de dependencia (como lo esta haciendo hasta ahora) para solicitar la jubilacion??

desde ya muchas gracias y saludos, espero la respuesta.
saluda atte. sil

 #53067  por tincho_20
 
lo q se es q si se puede jubilar pero los aportes los derivan a otro lado en vez de a su jubilacion. eso le tiene q habisar al empleador.

 #53231  por silvia222
 
tincho_20 escribió:lo q se es q si se puede jubilar pero los aportes los derivan a otro lado en vez de a su jubilacion. eso le tiene q habisar al empleador.
perdon que no comprenda pero como sera que se los deriven a otro lado. a donde? y cuando debe avisar.... desde el momento que solicita la jubilacion??
gracias. sil
 #53353  por dindin
 
Esta persona tiene dos trabajos en relación de dependencia y piensa cesar en uno para jubilarse y seguir con el otro? no entiendo bien el caso. Las jubilaciones por lo que tengo entendido sólo son compatibles con ciertas actividades en relación de dependencia: docentes universitarios, periodistas y un par más. Espero comentarios. Gracias!

 #53390  por vaninasanchis
 
No hace falta renunciar al empleo para iniciar la jubilacion en cuanto a los aportes ya no se deriban al SUSS si no que una vez jubilada los aportes que realice el empleador pasan para el Fondo de Desempleo esa es la unica diferencia pero no existe ninguna incompatibilidad ni ninguna disposicion legal que diga que no puede seguir trabajando. Saludos

 #53770  por silvia222
 
vaninasanchis escribió:No hace falta renunciar al empleo para iniciar la jubilacion en cuanto a los aportes ya no se deriban al SUSS si no que una vez jubilada los aportes que realice el empleador pasan para el Fondo de Desempleo esa es la unica diferencia pero no existe ninguna incompatibilidad ni ninguna disposicion legal que diga que no puede seguir trabajando. Saludos
ok y muchas gracias por responder,,,,, y automaticamente pasan al fondo de desempleo o hay que avisar... o algo por el estilo??
mil gracias. sil

 #53797  por electra17
 
puede llegar a existir incompatiblidad depende el trabajo que desarrolle, si es provado no hay óbice

 #60841  por liabaires
 
me cuelgo a este post y agrego una pregunta: si la persona en rrdd inicio el tramite jubilatorio... llegado el momento del alta del beneficio, cobra retroactivo igual? perdon, pero hoy me instalaron la duda.... gracias!!

 #60979  por empí©docles
 
Leé el decreto 679 que allí te aclara todo sobre fecha inicial de pago.- Puede continuar trabajando, se jubila, notifica a su empleador que se jubiló y éste, deposita los aportes y contribuciones en el Fondo de Desempleo.-
Creo haber entendido por ahí que la persona interesada tiene dos trabajos y quiere jubilarse por uno y continuar en el otro??? Por supuesto que debe presentar ambos empleos en su jubilación, y después de otorgada decidirá qué hace con cada uno.-