HOLA A TODOS , NO SE ASUSTEN POR MI PREGUNTA, NO ES EN CUANTO A LA CUESTION PROCESAL QUE PREGUNTO SINO EN CUANTO A LA REDACCION, ESTOY CONFUNDIDA PORQUE VEO QUE EN AMBOS SE EXPONEN LAS MISMAS COSAS, ES ASI TEXTUAL?
anarelle escribió:Muchas gracias!!Hola anarelle, yo me saqué las mismas dudas que vos hace poquito. Para el reclamo administrativo, usas el mismo Fromulario PS.6.4. de ANSeS que es gratuito y se firma en cualquier UDAI. Va dirigido según lo tengo entendido (sino que alguien me corrija) al Sr. Director de la Administración Nacional de la Seguridad Social. Para el reclamo judicial, le das a tu cliente para que firme en un Juzgado de Paz si no vive en tu ciudad, o lo acompañas a firmar a la Cámara de Apelaciones Federal de tu jurisdicción un Acta Poder (pedí el formulario tipo en Receptoría) ante el Secretario de la misma. Con ese Acta Poder ya podés representarlo en juicio como apoderada.
¿Para el poder hay alguna especie de modelo, como la "carta poder" que se usa para tramitar los beneficios previsionales? ¿O debe ser obligatoriamente un poder hecho ante escribano? La persona esta estaba bastante reacia a hacer cualquier trámite, pero la convencí de que debíamos aunque sea intentar hacer el reclamo ante ANSES y después ver qué pasaba... si le llego a decir que tiene que pagarle a un escribano, chau cliente![]()
Por las dudas, aclaro que vivo (y tramito todo) en la provincia de Buenos Aires, lejos de Capital.
Gracias nuevamente!