Hola gente!!! Se me presentó la siguiente situación:
Se envio tcl al empleador intimandolo a que registre real fecha de ingreso y real remuneración en los términos del art. 9,10 y 11 de la ley 24013. En el mismo tcl se emplazó al empleador a que conteste, dentro de los dos días hábiles, si procederá o no a registrar en forma correcta la real fecha de ingreso y real remuneración. El empleador aún no ha contestado y ya han pasado los dos días hábiles.
Ante este silencio, voy a enviar otro tcl haciendo efectivo el apercibimiento considerandose al trabajador injuriado y despedido por su exclusiva culpa y lo intimo a abonar las indemnizaciones correspondientes. Que les parece? o espero un poco más, o espero los 30 días? porque el trabajador continua yendo a trabajar y el ambiente se está tornando un poco tenso para el, por lo que preferiria dejar de ir cuanto antes.
Espero opiniones!
Saludos!!
Se envio tcl al empleador intimandolo a que registre real fecha de ingreso y real remuneración en los términos del art. 9,10 y 11 de la ley 24013. En el mismo tcl se emplazó al empleador a que conteste, dentro de los dos días hábiles, si procederá o no a registrar en forma correcta la real fecha de ingreso y real remuneración. El empleador aún no ha contestado y ya han pasado los dos días hábiles.
Ante este silencio, voy a enviar otro tcl haciendo efectivo el apercibimiento considerandose al trabajador injuriado y despedido por su exclusiva culpa y lo intimo a abonar las indemnizaciones correspondientes. Que les parece? o espero un poco más, o espero los 30 días? porque el trabajador continua yendo a trabajar y el ambiente se está tornando un poco tenso para el, por lo que preferiria dejar de ir cuanto antes.
Espero opiniones!
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