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  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #319225  por yolaurita
 
Hola a todos!
Estoy patrocinando a una perito contadora, le ejecuto los honorarios que le regulan...
En un juzgado laboral (71) pedimos oficio al BCRA para que informe las cuentas de titularidad de la demandada.. Lo pedí siempre, tanto en comerciales, en juicios ejecutivos o en laborales en etapa de ejecución, y siempre me lo concedieron.. Te ordenan oficio al BCRA por art. 400 o algunos hasta con firma de secretario ..
Ahora en éste caso puntual, el proveido es el siguiente:
"Hágase saber a la idónea que está a su cargo aportar los datos tendientes a ubicar cuentas bancarias pertenecientes a la deudora"
Fuimos a hablar, y dijeron que ellos no va a ordenar el oficio art. 400, sino que yo tenía que hacer, como abogada, el oficio directo al BCRA....
Alguien sabe si es así?? Como se hace el oficio?? Porque sería sin transcripción de auto - dado que no hay auto que lo ordene - motivo por el cual no se bien que tengo que poner, que "me dirijo a Ud. en mi caracter de letrada patrocinante del perito contador..." hay alguna acordada, etc, que pueda citar o lo hago igual que un art. 400 pero sin el auto? (y obvio sin transcripción del 400)
Gracias!!
 #332458  por latudi
 
hOLA TE MOLESTO PORQUE A MI ME HA CONSULTADO UN CLIENTE QUE ES PERITO Y SE LE REGULARON HONORARIOS EN UN JUICIO LABORAL Y NO TENGO MODELOS PARA PRESENTAR YA QUE YO HAGO CIVIL Y CALCULO QUE SI BIEN SERA PARECIDO QUERIA VER ALGUN MODELO PUNTUAL YA QUE VOS DECIS QUE ESTAS HACIENDO UNO ME PASARIAS EL MODELO? TE AGRADECERIA MUCHO GRS!
 #332461  por latudi
 
AHH TE ENVIO UN MODELO DE OFICIO DIRIGIDO A ENTE PUBLICO HECHO POR EL ABOGADO EN SU CARACTER DE LETRADO PATROCINANTE, ES SOLO UN MODELO QUE SE USA EN CORDOBA, VOS PODES MODIFICARLE PALABRAS Y FIJATE SOBRE TODO EN EL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS DE DONDE VOS SEAS LOS ARTICULOS DONDE SE AUTORIZA A TRAMITAR OFICIOS A LOS LETRADOS. OJALA TE SIRVA.

Córdoba, de Noviembre de 2008.



ENTE REGULADOR DE
SERVICIOS PUBLICOS
S______________/______________D



Tengo el agrado de dirigirme a usted en mi carácter de letrado y de acuerdo lo prescripto en el Art. 322 y cctes del C.P.C.C. en los autos caratulados: “GOMEZ NORMA BEATRIZ Y OTROS C/ CAMINOS DE AMERICA S.A. – ORDINARIO – PBA. DEL ACTOR - EXPTE. Nº 1483075/36”, en trámite ante el Juzgado de Primera Instancia y 50 Nominación Civil y Comercial, a cargo de la Dra. Gabriela Benitez de Baigorri (Juez), de la Ciudad de Córdoba, a efectos de cumplimentar oportunamente con lo solicitado por ustedes en la contestación del oficio presentado ante vuestra dependencia con fecha 23/09/2008 el cual ya obra glosado al expediente.
Para lo cual informo que el tramo de ruta sobre el que se produjo el accidente, y sobre el que se le solicito informe es a la altura del Km. 80 (Ruta Nº 38).-
Para mayor recaudo se transcriben los arts. Correspondientes a sus efectos:

“Art. 322 del Código de Procedimiento Civil y Comercial de la Provincia de Córdoba: - ATRIBUCIONES DE LOS LETRADOS PATROCINANTES. – Cuando interviniere letrado, apoderado o patrocinante, los pedidos de informes, expedientes, copias autenticadas y certificados ordenados en el juicio serán requeridos por medio de oficios firmados, sellados y diligenciados por aquel, con trascripción de la resolución que los ordene y del art. 320. Deberá, en su caso, consignarse la prevención que establece el ultimo párrafo del artículo anterior…”
“Art. 320 del Código de Procedimiento Civil y Comercial de la Provincia de Córdoba: Los informes deberán ser contestados dentro del plazo de diez días, salvo que el Tribunal determine otro, conforme a la naturaleza del Juicio o a circunstancias especiales.
Si por razones atendibles el requerimiento no pudiere se cumplido dentro del plazo fijado, se deberá solicitar al Tribunal su ampliación, antes del vencimiento, con indicación de las causas que la motivan”.
“Artículo 321 del Código de Procedimiento Civil y Comercial de Córdoba: Retardo Injustificado: Si el Tribunal advirtiere que determinada repartición pública, sin causa justificada, no cumple el deber de contestar oportunamente los informes, deberá poner el hecho en conocimiento del Ministerio de Gobierno, a los efectos que corresponda, sin perjuicio de otras medidas a que hubiere lugar”.
Sin otro particular, saludo a Ud muy atte.
 #351301  por Clau
 
Hola Laurita!!! te contacto ya que hoy me dijeron en un juicio laboral, que haga el oficio por el art.400... la verdad que nunca lo hice y no tengo la mas palida idea de como se hace.... vos que veo que pasaste por lo mismo..me podras ayudar??? ya que tengo muy poco tiempo para tramitar el oficio.... en el expediente si hya un auto que ordena el oficio pero no es por el art. 400... por eso no se como hacerlo...
Muchas Gracias!!
 #514069  por ISABEL5
 
Hola Laurita. tengo que iniciar una ejecucion de honorarios para una perito, es en civil en capital, y me vendría bien un modelo, ya que me genera dudas como será el escrito si es como una ejecucion como las nuestras o si tiene diferencias. Si podes pasarmelo te lo agredeceré un montón
Saludos
yolaurita escribió:Hola a todos!
Estoy patrocinando a una perito contadora, le ejecuto los honorarios que le regulan...
En un juzgado laboral (71) pedimos oficio al BCRA para que informe las cuentas de titularidad de la demandada.. Lo pedí siempre, tanto en comerciales, en juicios ejecutivos o en laborales en etapa de ejecución, y siempre me lo concedieron.. Te ordenan oficio al BCRA por art. 400 o algunos hasta con firma de secretario ..
Ahora en éste caso puntual, el proveido es el siguiente:
"Hágase saber a la idónea que está a su cargo aportar los datos tendientes a ubicar cuentas bancarias pertenecientes a la deudora"
Fuimos a hablar, y dijeron que ellos no va a ordenar el oficio art. 400, sino que yo tenía que hacer, como abogada, el oficio directo al BCRA....
Alguien sabe si es así?? Como se hace el oficio?? Porque sería sin transcripción de auto - dado que no hay auto que lo ordene - motivo por el cual no se bien que tengo que poner, que "me dirijo a Ud. en mi caracter de letrada patrocinante del perito contador..." hay alguna acordada, etc, que pueda citar o lo hago igual que un art. 400 pero sin el auto? (y obvio sin transcripción del 400)
Gracias!!
 #535258  por Ya
 
Hola Isabel:

Yo tengo un par de peritos en capital. Te cuento, una vez que regulan honorarios, notifico a las partes, luego intimo al condenado en costas a abonar. Si no abona dependerá de cada caso. Por ej. si es una empresa se puede pedir interventor recaudador para que se constituya en la misma a recaudar la plata que se te debe. Si es un empleado se puede pedir embargo de sueldo, también se puede pedir informe al BCRA para que informe si el dedudor es titular de alguna cuenta bancaria para luego pedir embargo sobre la cuenta... te menciono esto a modo de ejemplo.
Abajo te copio un ejemplo de escrito, espero te sirva.

Aprovecho para consultarte dos cositas:
- vos te presentás como patrocinante del perito? (porque me suele pasar casi siempre que si me presento como letrada luego al pedir regulación de honorarios me dicen que los mismos están a cargo del perito ya que no es obligacion para ellos actuar con patrocinio)
- tenés idea si se puede reclamar honorarios de la parte no condenada en costas en caso de que el obligado no abone y no haya forma de cobrarle ?? (me pasa esto en una causa laboral...)

-----------------------------
Señor Juez:

..........., Licenciada en psicología, Matrícula .........., quien fuera designada perito psicóloga, con domicilio constituido en ................... Ciudad de Buenos Aires, en autos ".....................", a V.S. muy respetuosamente digo:


I.- Que atento el estado de estas actuaciones vengo a ejecutar los honorarios que han sido regulados a mi favor por la labor desarrollada en autos, contra .........................
A tal fin solicito se trabe embargo sobre los fondos que la empresa ................ posea en la actualidad o bien se acrediten en el futuro en cualquiera de las sucursales del Banco .............., ya sea en caja de ahorro, cuenta corriente y/o plazo fijo hasta cubrir la suma de $ .............- con más el importe que V.S. presupueste para responder a intereses, costos y costas de la ejecución.
Para ello solicito a V.S. se libre oficio a la Casa Central de la mencionada Entidad a fin de que se sirva transferir a una cuenta de autos el importe total comprensivo del capital más los intereses.
III.- Se autorice a .................. a efectuar la compulsa del expediente y realizar cuanta diligencia sea necesaria para la prosecución del mismo.


PROVEER DE CONFORMIDAD
SERA JUSTICIA



__________________________

A esto el juez te da el ok. Vos envias oficio de embargo al Banco. Una vez hecha la transferencia a una cuenta de autos citas de venta al deudor y ante su silencio pedis giro del dinero a favor del perito.

Espero te haya servido, cualquier cosita consultame

Saludos
 #535589  por ISABEL5
 
Hola Holaurita!
te comento que yo presenté en el BCRA un oficio por el art 400, y no me dieron ni 5, contestaron en el jdo que se debía pedir el levantamento del secreto bancario, y obviamente eso no es por el 400 sino con firma del jdo, con te transcribo la parte "... a fin de solicitarle disponga lo necesario para que, en función de la excepción prevista en el inc “A” de la Ley de Entidades Financieras, oportunamente se emita la Comunicación “D” para que se informe si sobre el causante: ...fallecido en fecha diciembre de 2007, existen en la actualidad o existieron a la fecha de su defunción, cuentas bancarias a plazo fijo o caja de ahorro a su nombre y en su caso en que entidad bancaria, montos y todo dato vinculado que pueda resultar de interés al sucesorio"
en es caso era una sucesion de pcia, pero el tema es igual, espero te sirva.
Saludos
yolaurita escribió:Hola a todos!
Estoy patrocinando a una perito contadora, le ejecuto los honorarios que le regulan...
En un juzgado laboral (71) pedimos oficio al BCRA para que informe las cuentas de titularidad de la demandada.. Lo pedí siempre, tanto en comerciales, en juicios ejecutivos o en laborales en etapa de ejecución, y siempre me lo concedieron.. Te ordenan oficio al BCRA por art. 400 o algunos hasta con firma de secretario ..
Ahora en éste caso puntual, el proveido es el siguiente:
"Hágase saber a la idónea que está a su cargo aportar los datos tendientes a ubicar cuentas bancarias pertenecientes a la deudora"
Fuimos a hablar, y dijeron que ellos no va a ordenar el oficio art. 400, sino que yo tenía que hacer, como abogada, el oficio directo al BCRA....
Alguien sabe si es así?? Como se hace el oficio?? Porque sería sin transcripción de auto - dado que no hay auto que lo ordene - motivo por el cual no se bien que tengo que poner, que "me dirijo a Ud. en mi caracter de letrada patrocinante del perito contador..." hay alguna acordada, etc, que pueda citar o lo hago igual que un art. 400 pero sin el auto? (y obvio sin transcripción del 400)
Gracias!!
 #1070079  por BlackPampa
 
Buenas Noches Colegas del foro.
Estuve leyendo respecto de como llevar a cabo la ejecución de honorarios de Peritos, ya que justo me han venido a consultar respecto del cobro de sus honorarios que les están adeudando en un par de cuasas.
La consulta o mejor dicho la duda que se me presenta luego de haber ido leyendo vuestras experiencias en distintos situaciones que vienen planteando en el foro, es, Si Realmente Necesitan Ser Patrocinados para poder cobrar los honorarios los peritos..???

Y esto viene a colación de que la colega y forista YA, explica que le han dicho en algunas oportunidades en algunos juzgados, que No necesitan tener patrocinio los Peritos, no se si es correcto lo que leí e interpreté, si corresponde a todos los peritos por igual, o si sólo es en el caso de los peritos contadores que le han dicho en el juzgado que No necesitan patrocinio letrado ??

Si alguien me lo aclara, y puede informarme si existe alguna ley o acordada, etc., que hable del tema. Sobre todo porque me han venido con el cobro de honorarios muy bajos que les han regulado y no quisiera ponerme a trabajar, para cobrar poco y nada, y que no se necesario representarlos.. Tampoco me quedó claro si es en Capital o en Provincia lo que le han dicho en los juzgados..??

Espero me Ayuden , por favor, así puedo aclarar un poco la idea y ver como manejarme con los clientes..

Desde ya Muchas Gracias....!!
 #1070879  por ISABEL5
 
Estimada Colega. Tengo entendido que no es necesarios que tengan patrocinio, deconozco la reglamentación, pero como consejo podría decirte que no suele ser un asunto conveniente ya que por lo gral, sus honorarios son muy bajos, y muchas veces el cobro imposible, por lo que tus honorarios, en el mejor de los casos, no sería acorde con el trabajo que tengas que hacer, ya que pueden ser engorrosas las ejecuciones. En resumen, no recomiendo. Es solo mi opinion. Suerte
 #1071891  por BlackPampa
 
Gracias " ISABEL5 " por tu respuesta y consejo, perdón por la demora en responder, es que recién hoy pude armarme de una nueva Computadora , luego de haber sufrido una "Entradera " la noche del pasado Jueves 13 de Noviembre por la madrugada en mi domicilio por "8" (ocho) delincuentes menores armados, que Nos Maneataron, Encapucharon y nos tiraron al piso dándonos golpes en las costillas durante 40 minutos que fue lo que duro el infierno de tener estos Sujetos nuestras vidas en sus miserables manos...y que me robaron todo lo que pudieron de la casa además de un vehículo... En fin...gracias a Dios, lo puedo contar..
Gracias de nuevo

Saludos Cordiales