Estimados foristas les presento un caso medio complicado a ver si alguien me puede guiar un poquito.
Una señora, docente, se jubila por incapacidad en el año 84, mes de marzo, como directora de segundo grado en escuela rural con 40% de zona.
Sus aportes fueron a la Nación hasta 1978, año en que pasa a la provincia (Mendoza). Como no tenia los últimos 10 años de aporte en la provincia, se jubila por la Nación.
Desde octubre de 2009 le están liquidando la resolución 14/09.
Cobra:
- Haber mensual 913.14
- Res 14/09 856.62
- Ayuda sociosanitaria 45
- Desc obra social -81.37
- Seguro de vida obligatorio -1.93
- Neto a cobrar 1731.46
Una directora con esa antigüedad y con esa zona supera los $3.500.
Corresponde reclamo via judicial por Badaro.... por Gemelli.... o al ser incapacidad hay que referenciarlo a otro caso?
Muchas gracias a todos
Una señora, docente, se jubila por incapacidad en el año 84, mes de marzo, como directora de segundo grado en escuela rural con 40% de zona.
Sus aportes fueron a la Nación hasta 1978, año en que pasa a la provincia (Mendoza). Como no tenia los últimos 10 años de aporte en la provincia, se jubila por la Nación.
Desde octubre de 2009 le están liquidando la resolución 14/09.
Cobra:
- Haber mensual 913.14
- Res 14/09 856.62
- Ayuda sociosanitaria 45
- Desc obra social -81.37
- Seguro de vida obligatorio -1.93
- Neto a cobrar 1731.46
Una directora con esa antigüedad y con esa zona supera los $3.500.
Corresponde reclamo via judicial por Badaro.... por Gemelli.... o al ser incapacidad hay que referenciarlo a otro caso?
Muchas gracias a todos
