Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • acuerdo en defensa del consumidor.acuerdo. posterior credito

  • Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
 #533616  por estudiosalazar
 
estimasdos, les cuento resumidadmente , para vert si me dan una mano, ya quie estoy medio flojo en esta rama. tengo un cliente que estaba en relaciond e dependensia y mantenia la obra social que le daba la empresa , peroella desidio canviarse a una prepagapa (mefife). posteriormente , es depedida y por no ser precavida, no le da de baja a la obra social, ola cuestion que pasa un par de meses y la intiman para que pague. se reliza una denuncia a ala defensa delconsumidor, la cualse llega a un acuerdo, y se firma, quedando todo regular en un plan de pagos de 16 ctas de 180 pesos.saldo total mas o menos de 2800 pesos, hasta ahi todo bien, pasado el,plazo de 3 meses medife notifica a mi cleinte que hay un saldo a favor de ella de 1800 pesos, (nota de credito) pero no discrimina en virtude de que. mi pregunta es la siguiente,yo quiero pedir nueva audiencia ,ya que me acerque a medife y no me dan bola, y pedir que voy a pagar la diferencia de contado, es decir ya va pagando casi 800 pesos en las cuotas menos los 1800 , que me reconosen me quedarian 200. gente, es viable? que valor titne un acuerdo firmado en defensa del consumidor? puede medife desconocer la nota de credito? en su caso ,mando una carta documento a bs as , sonde esta la sede central de la obra social? que opinan,me dan pautas y ayuda. gracias.-
 #536125  por leny2010
 
Hola Sole!!!!! este chico tiene razón yo no soy abogada, una simple usuaria de este digno portal, lo que no quita que me ponga mal ver la gente que escribe para el car.... y tiene tantos errores, denota falta de interes por lo que hace, valgame Dios de tener que ir por un problema a ese estudio, y pensar que los dueños quizas ni se den cuenta lo que hacen sus empleados, como va a estar estudiando y analizando un escrito, por favor!!!!!!!!!!!! es obvio que asi tiene que pèdir ayuda a ustedes, no merece contestacion alguna.
Gracias por defenderme porque asi salio a la luz como trabajan ciertas personas.
Mis saludos y gracias a vos!!!!!!! *flor*
 #536127  por leny2010
 
perodn, por emitir otro post sin contestacion previa de otro usuario, pero lo que pasa que siendo hoy sabado y ayer viernes obvio capaz que el chico salio de joda y se tomo alguna bebida y por eso escribio todo dado vuelta que por que estaba estudiando ja ja ja soy mama de un adolescente querido!!!!!
 #536226  por sole10
 
estudiosalazar escribió:sole,perdon..no entendi tu repuesta ultima.
creo qeu le di una respuesta justificada, de echo es asi, porque lo consulte.
y si me decis que yo menosprecie a un colega, te estas equivocando...
saludos.-
Hay que estudiar mas entonces;el término DIVIDENDOS no se aplica a la partición hereditaria,al que consultaste ¿Es abogado?
 #536236  por cfg
 
Coincido con Sole10 la respuesta en el otro topic fue errónea, le hizo creer a un particular que tenía derechos que no tiene. No se aclaró que quien así opinaba no era abogado. No sé con quien consultaste pero la respuesta no es la correcta, y -además- para lograr un resultado, es necesario -si no habia acuerdo de partes como parecía ser el caso- llevar adelante gestiones judiciales, por lo que el interesado sí o sí debería hacerlo con un abogado -al cual le generás sin darte cuenta- un cliente que le va a contestar y le va a discutir porque "otro abogado" le dio otra solución mucho más simple.
 #536297  por estudiosalazar
 
Buenas, necesito ver y escuchar la gente instruida y de amplio conocimientos en la materia.
En primera medida, necesito saber y escuchar las respuestas el tema planteado, no alusiones ni reclamos sobre los errores u horrores, que me dependiente marco, si Uds. sabes y quiero que se ilustren , es un foro de discusión de temas netamente legales, para ayuda y solución, no un programa de educación.
los mismo que critican en su extensos escritos, necesito que me den una respuestas a lo plateado, como lo hicieron y gastan el tiempo en discriminación y reiterados reclamos pocos felices.
mantengan el tópico del sistema , colaboren.
Corrijo el texto y espero de los cuales, respuestas claras, de lo contrario, no critiquen y manténganse afuera del mismo.
Saludos cordiales.-

Estimados, les cuento resumidamente, para ver si me dan una mano, ya que estoy medio flojo en esta rama. Tengo un cliente que estaba en relación de dependencia y mantenía la obra social que le daba la empresa, pero ella decidió cambiarse a una prepagaba (medife). Posteriormente, es despedida y por no ser precavida, no le da de baja a la obra social, ola cuestión que pasa un par de meses y la intiman para que pague. se realiza una denuncia a ala defensa del consumidor, la cuales llega a un acuerdo, y se firma, quedando todo regular en un plan de pagos de 16 Cta. de 180 pesos.saldo total mas o menos de 2800 pesos, hasta ahí todo bien, pasado el, plazo de 3 meses medife notifica a mi cliente que hay un saldo a favor de ella de 1800 pesos, (nota de crédito) pero no discrimina en virtud de que. mi pregunta es la siguiente, yo quiero pedir nueva audiencia, ya que me acerque a medife y no me dan bola, y pedir que voy a pagar la diferencia de contado, es decir ya va pagando casi 800 pesos en las cuotas menos los 1800 , que me reconocen me quedaría 200. gente, es viable? que valor tiene un acuerdo firmado en defensa del consumidor? puede medife desconocer la nota de crédito? en su caso ,mando una carta documento a bs as , sonde esta la sede central de la obra social? que opinan, me dan pautas y ayuda. gracias.-
 #536307  por cfg
 
El problema es que estás estudiando derecho, es decir no sos abogado y tenés clientes. Si los que tienen clientes son los abogados del estudio en que vos trabajás, ellos sabrán qué hacer o consultarán ellos. Pero si vos tenés clientes y no sos abogado, estarías cometiendo el hecho típico descripto en el art. 247 CP, y ayudarte a cometer un delito... no creo, tampoco creo que nadie en este foro (siendo realmente abogado) te ayude...
Yo te expliqué porque en otro post ya contestaste sin indicar que no eras abogado y generaste en un particular (consultante de buena fe) una ilusión de respuesta que -en vez de ayudar- lo puede complicar con su problema. Justamente ayer -en otro post de leny2010 que reconoce no ser abogada- indicaba esto. Y luego leo el link que puso sole10 era justo el tema que indicaba.
 #536310  por estudiosalazar
 
Estimado:
yo si soy abogado, no te confundas, recién veo que lo estuvieron usando al sistema sin autorización por personal de procuración que tiene el estudio.
de todas formas, es un portal de consulta, no vas a hacer lo que un usuario del mismo te aclare o te diga, solo es de información el mismo.
Siguen debatiendo sobre el tema sin interés y no responden ni orientan las dudas.
Pónganse a trabajar y mantengan la línea, como lo dije antes.-
Saludos.-
 #536313  por cfg
 
¿Entonces quién empezó el tema? porque la verdad no queda claro... es más, ¿cuáles son tus post en este topic y cuáles los del empleado? Porque si el post inicial -que tiene tantas faltas de ortografía- fue iniciado por un empleado ¿Por qué ahora se solicita que se resuelva la duda? ¿Hay empleados de procuración trabajando los sábados hasta los 10.42 p.m? ¿O tienen tu clave e ingresan desde su casa? Muchas preguntas...
 #536316  por estudiosalazar
 
cfg, te pediría que leas las cláusulas del portal, sino deja de perder tiempo y postúlate como asistente social o trabaja en un colegio en materia literatura o psicología, se ve que tenes vocación para eso, no para un foro legal.
gracias y sin ofender, el tema termina acá y mas con usuario cfg.
espero que quede claro.-
 #536333  por cfg
 
OK. Te respondo el tema: Leé la ley de defensa del consumidor para ver el valor de un acuerdo alcanzado allí y sobre su incumplimiento (ver el capítulo XII). Sobre la jurisdicción donde se podría plantear el problema también leé la ley (capítulo IX), las resoluciones administrativas basadas en ésta y mirá jurisrudencia (se encuentra mucha por internet). Reconocimientos de obligaciones: analizá el Libro Segundo Título XV del CC.

No soy ni trabajador social ni psicólogo, pero uno tiene experiencia preguntando a testigos les hace pisar el palito y -muchas veces encima se van contentos porque ni se dan cuenta- lo que hice es lo que haría cuando veo declaraciones que me hacen ruido: repreguntar para dejar en claro las posibles contradicciones de tus posts en este topic y ni siquiera contestaste mis preguntas de indicar cuáles posts no son tuyos así se pueden obviar en la lectura del topic completo no solo para mi sino para cualquiera que quiera colaborar contigo. Si alguien que no es abogado pretende serlo y está trabajando de ello no importan las reglas del portal: está por encima la CP y si uno ayuda a sabiendas a quien no es abogado para que realice la acción... sabés lo que pasa... solamente hay que aclarar, entonces la situación.

Para evitar otra contestación: colaboro con vos, solamente indicando dónde buscar y atendiendo a que indicás ser abogado, quien podrá resolver con la lectura de la ley y -en todo caso con doctrina y jurisprudencia que se puede encontrar buscando en google y probablemente en este portal- el planteo que formulaste.