La noción de patria potestad, que no representa un conjunto de
derechos del padre, sino de derechos-deberes, debe ser considerada a
la luz del interés del hijo, que el juez ha de evaluar, de mantener
vínculos de trato y afectivos con el conjunto de parientes próximos,
salvo casos en que ello pudiese resultar perjudicial,
particularmente, con los que demuestren en los hechos interés
afectivo hacia el menor, lo que queda demostrado no sólo a través
del trato a los menores, sino también a través de una demanda donde
se reclama un régimen de visitas que les permita mantener ese trato.
Justamente, esta moderna noción de la patria potestad como un objeto
de derechos-deberes, o potestades vinculadas a deberes, da
fundamento a normas como el art. 365 bis del Código Civil y normas
análogas de códigos extranjeros, que establece el derecho de visita
en favor de los abuelos y de otros parientes.
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL , CAPITAL FEDERAL
Sala F (Bossert- Conde- Nilve)
L. E. C. y otro c/ P. F. F. s/ Régimen de visitas
SENTENCIA del 18 de Mayo de 1993
El instituto de las visitas de los parientes más cercanos no puede
ser calificado de excepcional, pues lo normal es que ellas tengan
lugar, y precisamente para asegurar su ejercicio, que también se
establece en beneficio de tales parientes, es que la ley lo concede,
dejando librada a la prudencia de los jueces el régimen más
conveniente de acuerdo a las circunstancias del caso y siempre que
no medie la posibilidad de perjuicios a la salud moral o física de
los interesados.
Tampoco es una institución de amparo, sin perjuicio de que ello
ocurra en ocasiones. Su finalidad es completar el cuadro de los
afectos familiares, con los consiguientes efectos formativos y
fortalecimiento de esa célula.
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL , CAPITAL FEDERAL
Sala E ( MIRAS. (SEGUN SU VOTO: C0002421). DUPUIS. CALATAYUD.)
M.E.E. c/ P.M.R. Y OTRO s/ REGIMEN DE VISITAS.
SENTENCIA del 7 de Agosto de 1987
"El ejercicio del derecho consta de dos componentes esenciales: 90% de sentido común, y 10% de conocimientos"