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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #537279  por drajustine
 
Hola colegas, me llamo un cliente con 20 años en un establecimiento como tecnico radiologo, estuve buscando el Dec.4257/68 q creo es el que lo incluye y me pide : edad 55 y 30 años de servicios... esto es correcto..? como puedo hacer si tiene la edad pero no los 30... ayuda!
GRACIAS
 #537280  por FLORCITA73
 
drajustine escribió:Hola colegas, me llamo un cliente con 20 años en un establecimiento como tecnico radiologo, estuve buscando el Dec.4257/68 q creo es el que lo incluye y me pide : edad 55 y 30 años de servicios... esto es correcto..? como puedo hacer si tiene la edad pero no los 30... ayuda!
GRACIAS

Hola :

Verifica en la certificacion de Servicios y en la sábana de aportes si verdadermente esta incluido en el decreto.
Despues prorratea para ver cuantos años de aportes te faltarian y si tiene la edad de presentacion podes comprar lo que resta por moratoria.


saludos

Flor
 #537286  por drajustine
 
gracias Flor ! pero me dijeron q debo fijarme en "el convenio."..que convenio ? el de trabajo? y si continúa trabajando le puede pedir la cert. de servicios al empleador...?
 #537292  por FLORCITA73
 
drajustine escribió:gracias Flor ! pero me dijeron q debo fijarme en "el convenio."..que convenio ? el de trabajo? y si continúa trabajando le puede pedir la cert. de servicios al empleador...?

Lo que pasa que lo de los radiologos no está muy claro, o por lo menos yo no lo entiendo bien. Por eso te decia que verifiques bien si esta includo en el decreto. Eso figura en la certificación de servicios.
Ademas Fijate que código tienen los aportes en la sábana.
Tendrias que pedir la Certificacion de Servicios.
Te mando mp.

saludos

Flor
 #537295  por drajustine
 
te lo agradezco.!
 #537302  por FLORCITA73
 
RADIOSCOPIA
Art. 6, inc. 15 del primer decreto reglamentario de la ley 11.544 (vig. 11.3.30): "Se considerarán lugares insalubres aquellos en los cuales se realicen tareas de radioscopia". Radioscopía no es igual a radiología (ver diccionario). Art. 1º ley 16.611 (B.O. 3.12.64): "Todos los profesionales del arte de curar y auxiliares técnicos afiliados a cualquier caja de previsión y ocupados habitualmente en servicios en donde se manejen rayos x, radio, radioisótopos, expuestos a la acción de sustancias radiactivas, tendrán derecho a jubilación ordinaria a los 20 años de servicios efectivos o a la jub. extraordinaria cualquiera fuera su edad, cuando se incapacitaren por efectos de dichas radiaciones". Importante: Esta ley fue sustituida por el dec. 4257/68 (B.O. 2.8.6 .
Art. 1º inc. f) dec. 4257/68: Jub. ordinaria con 55/30 (varones) y 52/30 (mujeres) el personal que se desempeñe habitualmente en lugares declarados insalubres (ver "insalubre"). Res. SESS 321/80, art. 1º: Están comprendidos en el art. 1º inc. f), dec. 4257/68 las personas que trabajen en sanatorios y hospitales especialmente destinados o con secciones destinadas a tareas de radioscopías. Art. 2º: Están excluidas del citado régimen diferencial, las personas ocupadas en tareas de radiología en general. Art. 3º: Déjase establecido que la ley 16.611 comprendía únicamente al personal que se desempeñaba en relación de dependencia bajo un vínculo de dominio público o privado y que dicha ley dejó de tener aplicación a partir de la vig. dec. 4257/68.
 #537472  por ariel648
 
Por lo que transcribiste del decreto los radiólogos es un regimén común. no estrabajo insalubre.
 #537507  por FLORCITA73
 
ariel648 escribió:Por lo que transcribiste del decreto los radiólogos es un regimén común. no estrabajo insalubre.
Si. Es cierto lo que decís. El resto de la informacion se la mande por email, porque no la podía pegar aca.
 #537543  por maria21
 
FLORCITA73 escribió:RADIOSCOPIA
Art. 6, inc. 15 del primer decreto reglamentario de la ley 11.544 (vig. 11.3.30): "Se considerarán lugares insalubres aquellos en los cuales se realicen tareas de radioscopia". Radioscopía no es igual a radiología (ver diccionario). Art. 1º ley 16.611 (B.O. 3.12.64): "Todos los profesionales del arte de curar y auxiliares técnicos afiliados a cualquier caja de previsión y ocupados habitualmente en servicios en donde se manejen rayos x, radio, radioisótopos, expuestos a la acción de sustancias radiactivas, tendrán derecho a jubilación ordinaria a los 20 años de servicios efectivos o a la jub. extraordinaria cualquiera fuera su edad, cuando se incapacitaren por efectos de dichas radiaciones". Importante: Esta ley fue sustituida por el dec. 4257/68 (B.O. 2.8.6 .
Art. 1º inc. f) dec. 4257/68: Jub. ordinaria con 55/30 (varones) y 52/30 (mujeres) el personal que se desempeñe habitualmente en lugares declarados insalubres (ver "insalubre"). Res. SESS 321/80, art. 1º: Están comprendidos en el art. 1º inc. f), dec. 4257/68 las personas que trabajen en sanatorios y hospitales especialmente destinados o con secciones destinadas a tareas de radioscopías. Art. 2º: Están excluidas del citado régimen diferencial, las personas ocupadas en tareas de radiología en general. Art. 3º: Déjase establecido que la ley 16.611 comprendía únicamente al personal que se desempeñaba en relación de dependencia bajo un vínculo de dominio público o privado y que dicha ley dejó de tener aplicación a partir de la vig. dec. 4257/68.

Gracias Flor: Por eso remarcabas que habria que verificar con sábana y certificaciones.
Frecuentemente leo esta consulta, entonces Radiólogia no es insalubre ?
Dra. Por favor, podrias retomar el post cuando resuelvas el caso asi lo aprendemos ?

Muchas gracias
 #537756  por noelin
 
EL DECRETO DISTINGUE ENTRE RADIOSCOPIA (INSALUBRE) Y RADIOLOGIA (COMUNES). HABRIA Q VER LOS APROTES, Y LOS RECIBOS, NO VENDRIA MAL UNA CONSULTA AL MDE TRABAJO. A VECES LOS APORTES SE HACEN COMUNES PERO LA TAREA FUE INSALUBRE. ES COMO SI HUBIERA TRABAJADO Y NO LE HUBIERAN HECHO LOS APORTES. SI ESTA DENTRO DE LOS 5 AÑOS SE PUEDE DENUNCIAR ANTE AFIP,
 #537884  por drajustine
 
gracias !!!
 #785745  por lucha13
 
Informo que las tareas realizadas por los tènicos radiologos se utiliza radioscopia. Còmo puede ser entonces que no los empleadores no les hagan los aportes diferenciales si ellos mismos consienten su labor con radioscopia?