Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • RTI

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional

RTI

 #536784  por ZOE
 
Hola!, tengo el siguiente caso: un sr. quiere tramitar RETIRO POR INVALIDEZ pero no tiene los 18 meses dentro de los 36 anteriores a la solicitud, ni los 30, ni los 12 dentro de 60, tiene aportes discontinuos, y desde el 2003 no tiene aportes registrados. La unica opcion es comprar los 30 años??? o tiene alguna otra opcion?? gracias a todoss!!!
 #536786  por coraso
 
Yo creo que la única opción es comprarlos,
saludos
 #536938  por claudiaca
 
Fijate que para poder comprarle los 30 años de aportes debe tener inscripcion previa como autonomo, si no, no podes. Saludos
 #537039  por hugo2
 
claudiaca escribió:Fijate que para poder comprarle los 30 años de aportes debe tener inscripcion previa como autonomo, si no, no podes. Saludos
Perdon donde lo dice ???????
 #537100  por juprevi
 
de donde surge, no lo se, pero en BAHIA BLANCA, moratoria para RTI,es con inscripcion previa, ya sea para completar los 30 años, o en caso de un irregular con der(12/60) los faltantes, igual criterio que para pensiones.
saludos
 #537103  por periquita
 
Coincido con coraso y con hugo, no es necesario tener inscripción.
Saludos
 #537104  por empedocles
 
Hay algunas UDAIs que todavía no lo entendieron y deniegan :evil:
 #537106  por periquita
 
juprevi escribió:de donde surge, no lo se, pero en BAHIA BLANCA, moratoria para RTI,es con inscripcion previa, ya sea para completar los 30 años, o en caso de un irregular con der(12/60) los faltantes, igual criterio que para pensiones.
saludos
Si se apela a la CARSS se otorga. Lo aclararon muy bien las abogadas de la CARSS en la charla de Morón.
Saludos
 #537446  por claudiaca
 
Sinceramente no se donde lo dice, pero en Cordoba no te la reciben si no tiene inscripcion previa como autonomo, y si la presentas por insistencia te la rechazan. Voy a averiguar si hay alguna normativa, circular, etc que asi lo determine. Saludos
 #537502  por celiaEsc
 
Hola; te envío por mp. una resolución 22358: que permite acceder a la moratoria a las viudas cuyos maridos fallecieron durante la vigencia de la ley 24241, o sea: los fallecidos, tenían el derecho de acceder a la moratoria, y cuando fallecen, le transmiten ese derecho a sus viudas, o derechohabientes. No se si será aplicable para rti, mejor dicho desconozco si te la aprueban. pero leelo y sacá tus conclusiones, o que alguno conteste si por esa resolución, es viable un pedido de rti. saludos.
 #537504  por celiaEsc
 
ahhhhhh, si se puede utilizar en rti. saludos
 #537505  por celiaEsc
 
ah, si se puede utilizar para RTI.. saludos